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Corte Suprema confirma sentencia contra Seremi Metropolitana de Salud por acoso laboral a periodista embarazada

Corte Suprema confirma sentencia contra Seremi Metropolitana de Salud por acoso laboral a periodista embarazada

Los hechos se registraron durante la gestión del actual Seremi, Carlos Aranda.


La Corte Suprema rechazó recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de sentencia que acogió demanda por tutela laboral de funcionaria del Ministerio de Salud por acoso laboral. En un fallo unánime (causa rol 28922-2015), el máximo tribunal rechazó el recurso y confirmó la sentencia que acogió la demanda presentada por Macarena Miranda Pradenas, periodista del Departamento de Comunicaciones de la Seremi Metropolitana de Salud, cuando ésta se encontraba embarazada.

Los hechos se registraron durante la gestión del actual Seremi, Carlos Aranda, cuando el mencionado Departamento estaba a cargo de Nicole Morandé, quien actualmente es jefa de Comunicaciones del Instituto de Salud Pública (ISP).

La sentencia dictada por la Cuarta Sala integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ricardo Blanco, Gloria Ana Chevesich y los abogados (i) Jaime Rodríguez y Jorge Lagos, descarta que existiera una infracción de ley en el fallo dictado por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo (rol T 799-2014), que acogió la demanda de la periodista y estableció una serie de medidas que deben ser ejecutadas por el Ministerio de Salud, además, del pago de una indemnización por daño moral a la afectada,

El fallo recordó que la sentencia de primera instancia había acogido «la denuncia y acción de tutela laboral, sólo en cuanto se declara que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana incurrió en actos de acoso laboral en perjuicio de la denunciante, doña Macarena Alejandra Miranda Pradenas, lesionando así su derecho fundamental a la integridad psíquica, garantizado en el numeral 1° del artículo 19 de la Constitución Política de la República».

Asimismo, determinó que la Seremi metropolitana de Salud «deberá reincorporar a la denunciante a su Departamento de Comunicaciones, asignándole funciones acordes a su cualificación, por el tiempo que dure su vinculación estatutaria con esa entidad, ello bajo el apercibimiento señalado en el inciso primero del artículo 492 del Código del Trabajo, esto es imponer una multa de cincuenta a cien unidades tributarias mensuales, la que podrá repetirse hasta obtener el debido cumplimiento de la medida decretada».

Finalmente, determinó que el organismo dependiente del Minsal «deberá pagar a la denunciante, a título de indemnización del daño moral, la suma de $ 4.000.000, cantidad que deberá ser reajustada de conformidad a la variación que experimente el índice de precios al consumidor entre la fecha en que quede ejecutoriada la presente sentencia y la del pago efectivo, con intereses corrientes para operaciones de crédito de dinero reajustables a contar de la fecha en que el deudor se constituya en mora».

 

Nota de la Redacción: Con posterioridad a la publicación de esta nota hemos recibido carta de la señora Nicole Morandé, desmintiendo haber sido la jefa de  Macarena  Miranda. “Ella dependía profesionalmente del departamento de Salud Pública de la Seremi de Salud, luego fue traslada el 9 de septiembre del 2014 al Departamento de Profesiones Médicas, siendo posteriormente ubicada en el Departamento de Comunicaciones el 9 de noviembre del 2015, todo esto por resolución pública de la Seremi de Salud. Yo deje mis funciones en la institución el 15 de octubre del mismo año, no teniendo nunca relación directa con la funcionaria señalada”, aclara la misiva de Morandé, quien en ningún momento es mencionada en el documento emanado del Poder Judicial. El Mostrador lamenta el error.

 

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