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Camino a la Generación Residencial: las mejoras al Net Billing en Chile Opinión

Camino a la Generación Residencial: las mejoras al Net Billing en Chile

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Cristián Marcelo Muñoz
Por : Cristián Marcelo Muñoz Director de BdE y profesor de Economía de la Energía y Medio Ambiente en el Departamento de Ingeniería Eléctrica, Universidad Católica de Chile.
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En la sesión del 1 de agosto, la Comisión de Energía y Minería de la Cámara de Diputados aprobó las indicaciones que modifican la ley 20.571, que regula el net metering (Medición Neta) en Chile, en su modalidad de net billing o Generación Distribuida. Aunque este proyecto llevaba bastante tiempo en la Comisión de Energía y Minería del Senado, al pasar a la cámara de Diputados recibió importantes indicaciones del Ejecutivo.

Tras los resultados poco auspiciosos que ha tenido la generación residencial, las modificaciones a la ley buscan dar un nuevo impulso a esta modalidad en el país.

La Comisión aprobó el incremento desde 100 a 300 kW del límite de la potencia máxima de conexión permitida a los generadores residenciales. Algunos diputados propusieron incrementar el límite a 500 kW mediante un artículo transitorio, sin embargo, la moción no contó con la aceptación del Ejecutivo, quien argumentó que la medida podría tener efectos regresivos y tributarios.

Los clientes residenciales podrán agruparse y vender sus excedentes de energía acreditando la propiedad conjunta de la central generadora. Sin embargo, se requerirá de un reglamento que establezca los requisitos mínimos para acreditar la propiedad del equipamiento de generación y las reglas de repartición de las inyecciones de generación.

La actual normativa establece que los excedentes inyectados a la red se valoricen al precio de la energía que las distribuidoras compran a los generadores, más un recargo por pérdidas de la red.

Este valor se descuenta de la facturación de la energía comprada por el cliente. La indicación aprobada permite que el descuento se realice sobre todos los cargos incluidos en la facturación, es decir, compras de energía y potencia.

La ley dispone que, una vez transcurridos los plazos establecidos en el contrato, los remanentes que no alcanzaron a ser descontados de las facturaciones deban ser pagados al cliente. Sin embargo, con la indicación aprobada el cliente ahora podrá transferir sus remanentes a otra de sus propiedades conectada a la misma red de distribución. También podrá optar por un pago, sin embargo, se establecen una serie de requisitos que previamente debe cumplir, algunos de ellos se relajan en el caso de que el cliente tenga una potencia conectada inferior a 20 kW, o de 50 kW en el caso de personas jurídicas sin fines de lucro. Aquellos remanentes que transcurridos cinco años no hayan podido ser transferidos o cobrados, se reajustarán según el IPC y serán contabilizados como un descuento al precio de la energía pagado en la comuna en donde se ubica el generador residencial.

Si bien, las indicaciones aprobadas por los diputados, van en general en una dirección adecuada, es necesario realizar algunos alcances. Por ejemplo, una de las críticas que se suelen hacer al net metering es que termina siendo regresivo, es decir, encarece las cuentas de electricidad de los hogares más modestos. Esto se explica por la forma en que se calcula la tarifa de clientes residenciales. Esta tarifa proviene de calcular un precio promedio, en pesos por kilowatt-hora consumido, que agrega verticalmente los costos de generación, transmisión y distribución, involucrados en la venta de electricidad. De este modo, al ser menor la energía sobre la cual se distribuye el costo, la tarifa aumenta.

Sin embargo, algunos autores argumentan que el aumento en la tarifa no es causa de la generación residencial, más bien, es consecuencia del diseño ineficiente de la tarifa. Es así, que un buen diseño tarifario permitiría que sean los mismos consumidores quienes determinen si les conviene instalar su propia generación, o bien, comprarla desde la red, consiguiendo que se instale sólo la generación residencial eficiente.

La posibilidad de que los clientes puedan agruparse y vender en conjunto sus excedentes, sin duda, es un avance importante, sin embargo, el llevar a un reglamento las condiciones mínimas de esta asociación, podría terminar entorpeciendo la variedad de acuerdos que puedan generarse.

Los remanentes deberían ganar un interés y no sólo el reajuste del IPC. Es más, los remanentes valorizados son de propiedad del cliente y su devolución no debería ser limitada al tamaño del generador residencial.

Por último, sería recomendable que se disminuyan las cargas burocráticas que el exceso de reglamentación suele imponer sobre estas iniciativas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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