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Ley Nacional del Cáncer con lupa: ¿qué implica la nueva normativa? Salud

Ley Nacional del Cáncer con lupa: ¿qué implica la nueva normativa?

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Sofía Roblero Valenzuela
Por : Sofía Roblero Valenzuela Estudiante de periodismo UC
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La Ley Nacional del Cáncer llegó para entregar esperanzas a los más de 50 mil chilenos que son diagnosticados con esta enfermedad cada año. El Plan Nacional, en conjunto a un fondo especial, una comisión de asesoramiento y una red nacional, son cuatro de las medidas que aportarán a una normativa que permita mayor diagnóstico, apoyo, investigación, acceso a medicamentos y tratamiento integral de pacientes de cáncer.


Este miércoles 26 de agosto el Presidente Sebastián Piñera promulgó la Ley Nacional del Cáncer “Claudio Mora”. Con ella se busca generar una normativa 100% destinada a esta enfermedad, que permitirá aportar al diagnóstico, el apoyo y acceso a medicamentos, la investigación y el tratamiento adecuado para los pacientes de cáncer.

Al crear un Plan Nacional del Cáncer y una Comisión Nacional se podrán institucionalizar las instancias, evitando de esta manera las consecuencias de los cambios de gobierno.

La ley entrará en vigencia un mes luego de su publicación en el Diario Oficial. Además se darán tres meses para que el Ministerio de Salud determine los reglamentos que la regirán. Estas medidas serán esenciales para ver la efectividad de lo escrito. Desde la Asociación Chilena de Agrupaciones Oncológicas (Achago) anunciaron que, a pesar de estar contentos y esperanzados con este gran paso, estarán atentos a lo que se venga, en vistas de no generar expectativas que quizás luego no puedan ser cumplidas.

“Estamos celebrando, pero también estamos conscientes de que aún queda mucho por hacer. La valoramos muchísimo. (…) Era un tema país, un tema que estábamos al debe con todos los pacientes oncológicos. Siempre con miras de seguir trabajando y poder seguir entregando noticias buenas”, anunció Figa Fernández, presidenta de Achago.

Radiografía a la ley

“Con la promulgación de esta ley no sólo estamos saldando una deuda histórica con quienes padecen esta enfermedad y con sus familias, sino también, avanzando hacia un Chile un poco más humano, justo y solidario”, dijo el mandatario en el acto de promulgación en La Moneda.

Se le asignó el nombre del Dr. Claudio Mora, profesional del Hospital El Pino de San Bernardo. Hace un año el experto falleció a los 45 años producto de un cáncer de páncreas, siendo una de las miles de víctimas por esta enfermedad en el país. Cada año se diagnostican 50 mil personas con cáncer y la tasa de mortalidad alcanza los 25 mil. Llegando a ser la segunda causa de muerte en la población chilena.

“Lo más importante es que los pacientes, que nos pidieron esta ley, hoy serán parte de su implementación. Hay 60 mil millones que nos permitirán financiar tratamientos que no están cubiertos”, anunció la senadora Carolina Goic, quien ingresó y participó activamente en el desarrollo del proyecto desde hace dos años.

La ley se basará bajo los principios de cooperación, protección de datos personales, participación de la sociedad civil y humanización del trato, mediante atención interdisciplinaria.

Plan Nacional del Cáncer

El Ministerio de Salud será el encargado de elaborar el Plan Nacional, este diseñará las medidas y propuestas de implementación que llevarán a la práctica la ley. “El Plan dispondrá los objetivos estratégicos, líneas de acción, metas e indicadores de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, investigación, formación y capacitación de recursos humanos, rehabilitación y cuidados paliativos del cáncer, con un enfoque de atención integral de la persona y su familia y en concordancia con las leyes, planes y programas existentes y con el Fondo contemplado en la presente ley”, se indica en el artículo 3°.

Este será de carácter quinquenal, es decir, tendrá metas que irán modificándose cada cinco años. Esto significa que luego de este periodo se irá evaluando la efectividad de las medidas y se irán actualizando.

Por otro lado, se permitirá que el Minsal suscriba convenios o genere instancias de coordinación con instituciones públicas y privadas que cuenten con trabajos relacionados a la temática. Esto es importante debido a que la ley promueve una colaboración entre órganos públicos y privados a la hora de combatir el cáncer.

Programa de prevención de factores de riesgo: se deberá diseñar, ejecutar y evaluar programas de prevención de factores de riesgo de la enfermedad. Se pondrá énfasis en la cesación del consumo de productos de tabaco y derivados, para esto se promoverán tratamientos de rehabilitación en centros de atención primaria de salud.

Transparencia: los avances y resultados del Plan deberán estar disponibles de manera online en la página del Minsal. También se le entregará esta información a las Comisiones de Salud de la Cámara de Diputados y del Senado, y a la correspondiente Subcomisión Especial Mixta de Presupuesto.

Investigación: se fomentará la investigación científica biomédica, clínica y de salud pública de la enfermedad.

Concursos públicos: habrá un reglamento dictado a través del Ministerio de Salud, y suscrito por la cartera de Hacienda, que fijará los requisitos y procedimientos a los que deberán sujetarse los concursos públicos que se convoquen para la designación de fondos.

Guías clínicas: se establecerá la existencia de guías de práctica clínica con duración de dos años que tendrán el fin de estandarizar el trabajo, serán documentos para tratar los diferentes tipos de cáncer y patologías asociadas. Estos deberán ser aprobados por el ministerio, siendo obligatorias para el sector público y referenciales para el privado.

Protección laboral: también será un aporte ya que protegerá el empleo de los pacientes. Ningún empleador podrá condicionar la contratación, permanencia o renovación de contrato al hecho de padecer -o haberlo hecho- esta enfermedad. Tampoco de exigir certificados o exámenes. El despido por el padecimiento de cáncer es considerado grave.

Recurso humano: se deberá considerar una política de formación de recursos humanos para el tratamiento del cáncer. En esto se considerará a médicos, profesionales de la salud e investigadores de la materia. Por otro lado, se contemplarán capacitaciones y acompañamiento para familias y cuidadores de pacientes; a lo que se suma la difusión de prevención, diagnóstico oportuno, tratamiento, investigación y consejos para enfrentar costos económicos y sociales.

Registro Nacional del Cáncer: se le otorgará la categoría de enfermedad de notificación obligatoria. Por esta razón, la Subsecretaría de Redes Sociales deberá desarrollar un registro a nivel país que aportará al diseño y actualización del Plan y de las políticas públicas, mediante estudios de población oncológica. La inteligencia artificial será un pilar esencial tanto para el diagnóstico como para la disposición de atenciones oportunas y de calidad.

Comisión Nacional del Cáncer: se creará una comisión que se encargará de asesorar al Minsal en la formulación de las políticas, en la investigación y en la implementación correcta de todas las medidas de la ley. Contará con once miembros: cinco representantes de asociaciones científicas, tres de las facultades de medicina y otros tres de fundaciones u organizaciones de pacientes. Cada grupo será escogido por la entidad correspondiente mediante un procedimiento interno conforme a principios democráticos, participativos, transparentes y pluralistas.

Red Oncológica Nacional

Se implementará una red oncológica a nivel nacional. Esta estará integrada por centros especializados que se distribuirán equitativamente a lo largo del país. Estas permitirán que el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los pacientes sea igualitario para todos.

Actualmente muchos pacientes deben recorrer largas distancias para recibir pequeñas atenciones, por lo cual esta medida será un aporte para la descentralización del derecho a la salud. Para lograr esta Red se hará una normalización de los centros oncológicos ya existentes y dependiendo de los presupuestos anuales se crearán nuevos en la Red Asistencial de Salud.

“Uno de los problemas que tienen los pacientes ahora es que tienen que viajar distancias largas para ir a hacer sus tratamientos, entonces ese va a ser un beneficio muy grande porque van a tener cerca un lugar donde se puedan tratar y eso va a ahorrarles todo lo que significa el traslado, el alojamiento, etc.”, expresó Piga Fernández.

Fondo Nacional del Cáncer

Por último, se contará con un fondo anual destinado a financiar total o parcialmente los programas y proyectos que se relacionen con la temática del cáncer, ya sea para investigar, promover, evaluar o desarrollar iniciativas de prevención, vigilancia y estudio.

Este Fondo se conformará por los aportes que asigne la Ley de Presupuestos del Sector público, lo cual irá variando cada año. Aparte de esto, se suman los de la cooperación internacional y los que se reciban mediante donaciones, herencias o legados. Cada consejo regional podrá asignar recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional en caso de así determinarse.

Es importante tener en cuenta que en la actualidad ya se cuenta con el Plan Auge -que garantiza el tratamiento para un grupo de cánceres en adultos, y para todos en el caso de los niños- y la Ley Ricarte Soto. Pero sigue habiendo algunos tipos que no poseen mayor cobertura, por lo cual esta nueva ley trae esperanzas para un acceso más equitativo a los tratamientos de calidad.

“Hay que ser francos, no conseguimos todo lo que queríamos, podríamos haber peleado más presupuesto, pero entendemos que el contexto del COVID-19 también cambió las circunstancias. Quedan todavía un 15% de los cánceres que no están en el GES”, anunció Carolina Goic a CNN Chile.

Para el 2020 ya fueron aprobados 20 mil millones de pesos en renovación de equipos y otros 60 mil millones de pesos para tratamientos que no están cubiertos por las otras iniciativas.

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