Niñez
Créditos: Agencia Uno.
Ley obliga 60 minutos diarios de actividad física para enfrentar la inactividad y obesidad infantil
La nueva Ley N°21.778 exige a todos los establecimientos educacionales incorporar una hora diaria de actividad física, una medida que busca revertir los altos niveles de sedentarismo y las preocupantes cifras de obesidad infantil en el país.
El Gobierno promulgó la Ley N°21.778, que establece la obligación para todos los establecimientos educacionales del país de garantizar al menos 60 minutos diarios de actividad física. La medida, que sigue las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, marca un avance clave en las políticas de salud pública y en el enfoque de educación integral.
La normativa, publicada en el Diario Oficial el 25 de noviembre de 2025, logró destrabarse después de siete años sin movimiento en la Comisión de Hacienda del Senado, gracias al impulso conjunto de los ministerios de Salud, Educación y Deporte.
La ministra de Salud, Ximena Aguilera, destacó el alcance de la iniciativa. “Esta ley nos ayuda porque la salud y el bienestar no se construyen solo con los médicos, sino en las condiciones en que nacemos, nos desarrollamos en la familia, nos educamos y en los ambientes de trabajo”, comentó. Además, subrayó que la actividad física aporta beneficios tanto físicos como mentales.
En tanto, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, relevó el impacto transformador de la medida. “Estos 60 minutos no solamente tienen un impacto práctico en el día a día, sino también en un cambio cultural que tenemos que provocar. Van a traernos un cambio a largo plazo como sociedad, pero también tienen un impacto en lo inmediato, especialmente en convivencia escolar y salud mental”, agregó.
Una respuesta estructural a la inactividad
La ley surge en un contexto marcado por altos niveles de inactividad física en Chile, particularmente entre mujeres, personas con menor nivel educativo y habitantes de zonas urbanas. A ello se suma la persistencia del sobrepeso y la obesidad infantil, dos de los principales desafíos de salud pública del país.
Entre sus medidas centrales, la ley establece 60 minutos diarios obligatorios de juegos activos en Educación Parvularia y de actividad física en enseñanza básica y media. No reemplaza la asignatura de Educación Física, sino que complementa la jornada escolar mediante metodologías activas integradas a otras asignaturas, recreos y transporte escolar. También asegura la inclusión de estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales y contempla formación continua para docentes y asistentes de la educación, todo ello sin generar nuevos gastos para el Estado, ya que se incorpora a planes de gestión existentes.
La implementación será gradual a partir del año escolar 2027. La primera etapa abarcará desde Educación Parvularia hasta 4° Básico, mientras que la segunda comenzará en 2028 e incluirá desde 5° Básico hasta 4° Medio.