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“Es desarrollo y justicia social”: Entró en vigencia la ley de responsabilidad parental y pensiones BRAGA

“Es desarrollo y justicia social”: Entró en vigencia la ley de responsabilidad parental y pensiones

Más de medio millón de madres, y podrían sumarse más, serán beneficiadas por la nueva Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones. “Son mayoritariamente mujeres y por eso nos dirigimos a ellas, aunque la ley no hace distinciones”, subrayó la ministra Antonia Orellana. “Hay un problema de abandono parental y de no pago que es transversal y afecta a mujeres y familias de todo el país”, agregó. Cómo funciona y un análisis detallado de especialistas del derecho.


Este sábado 20 de mayo, comenzó a regir la Ley 21.484 de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones, un mecanismo de pago permanente de la deuda de pensión de alimentos que mantiene la persona deudora con uno o más de sus hijos e hijas. 

Mejorar el acceso a la información financiera de las personas deudoras, siendo el Estado el encargado de investigar (las cuentas bancarias u otros instrumentos de inversión o financieros que éstas tengan) y que el proceso se realice con criterios de justicia y dignidad son algunos de los objetivos de esta norma que beneficiará a madres y personas cuidadoras. 

¿Cómo funciona el mecanismo?: El paso a paso

– El representante legal de las y los hijos a quienes se les adeude la pensión de alimentos deberá solicitar la retención de los fondos que la persona deudora tenga en sus cuentas bancarias u otros instrumentos financieros y/o de inversión. 

– El tribunal iniciará una investigación sobre su patrimonio a través de sistemas de interconexión con: la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios del Estado que estime pertinente. 

– Si de la investigación que realice el tribunal se encuentran cuentas e instrumentos de inversión y/o financieros, el tribunal dictará u na resolución ordenando a las instituciones bancarias y/o financieras que informen sobre saldos, movimientos y todo lo que se considere relevante para el pago de la deuda. 

– El tribunal dictará la resolución que ordena el pago de la deuda con los fondos existentes, ordenándole a las instituciones bancarias y/o financieras retener los fondos del deudor. 

– Del mismo modo, por medio del Sistema Informático del Tribunal se revisará si existen otras niñas, niños y/o adolescentes con quienes el deudor manteng a deuda de pensión de alimentos. 

Además, la normativa está en diálogo con el Registro Nacional de Deudores por pensión de alimentos, que indica que: 

– El tribunal deberá declarar inadmisible la solicitud de rebajas o cese de pensión de alimentos cuando la persona deudora esté inscrita en el Registro Nacional de Deudores. 

– Las personas que tengan una inscripción vigente en el Registro estarán inhabilitadas para ser candidatas a gobernadores o consejeros regionales, alcaldes o concejales. 

– Seis meses después de la completa entrada en vigor de la ley que creó el Registro Nacional de Deudores (noviembre 2022) comenzó a operar el mecanismo de pago efectivo de la ley de Responsabilidad parental (20 de mayo de 2023, es decir, hoy). 

Según el último informe de la Superintendencia de Pensiones, a marzo de 2023 se habían solicitado más de 634.000 liquidaciones por deudas de alimentos entre los tres retiros de fondos de las AFP, por un desembolso total de 775 millones de dólares.   

En solo seis meses de funcionamiento, el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos suma 80.074 deudores inscritos, de los cuales 2.374 son mujeres (2,96%) y 77.700 hombres (97,04%), con una deuda total que supera los 90 mil millones de pesos.  

 

“Ya no estás sola”

“Este es un momento de mucha felicidad pero también de expectación porque sabemos que tras el nuevo mecanismo hay miles en espera de poder ver sus resultados”, manifestó la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana. 

Según expresó la mandataria, la pandemia dejó a la luz algo “que la mayoría ya sabíamos: hay un problema de abandono parental y de no pago que es transversal y afecta a mujeres y familias de todo el país, independiente de la religión y la clase económica”, expresó al mismo tiempo que valoró el esfuerzo de organizaciones de mujeres y parlamentarias que apoyaron el proyecto.

Cada vez que una mujer entra al tribunal de familias carga con tres mochilas: la mochila del colegio (que simboliza la crianza), la de las compras (las madres siempre llevan bolsas y/o mochilas que simbolizan la carga financiera que llevan las que crían de manera solitaria) y la tercera mochila, que lleva la carpeta de antecedentes recolectados para llevar la demanda por el derecho a la pensión, ilustró la ministra.

“Hoy esperamos que esa tercera mochila no se deba cargar porque estamos asumiendo esa función desde el Estado: Ya no estás sola”, celebró. En la instancia, subrayó además que desde el inicio del registro de deudores se han ingresado 10 mil registros por mes y “está lejos de terminar”, aclaró. 

Al mismo tiempo, la mandataria valoró que tras presentar el proyecto en julio de 2022 hubo “un amplio consenso” con “votación unánime” en ambas cámaras, lo cual demostró que la agenda de género “no es una agenda de un rinconcito de la población”.

“(la falta de pago efectivo de pensiones) Afecta al empobrecimiento, y la cifra millonaria la pagan las madres con endeudamiento y trabajos precarios, porque se opta por trabajos más flexibles para cumplir con las rutinas de trabajo y cuidado al mismo tiempo” lo que se traduce en un menor de desarrollo del país. “Es un tema de desarrollo y de justicia social”, enfatizó la ministra Antonia Orellana. 

 

El análisis de las especialistas

Desde distintas agrupaciones feministas, de maternidad y mujeres, celebraron esta nueva norma que apunta a resolver un problema histórico que atañe principalmente a las madres del país dado que, según cifras del Poder Judicial, 9 de cada 10 deudores de alimentos son hombres.

En la esfera del derecho, diversas abogadas también se sumaron a la celebración de esta nueva ley, aunque también dejaron ver sus críticas u observaciones.

La abogada especializada en derecho de familia y violencia contra la mujer, María Belén Ferreira Briso, subrayó que la ley destaca por sus atributos.

La posibilidad “de poder entrar al bolsillo del deudor y sacar el dinero para pagar las deudas, o en su defecto de sus fondos previsionales en caso de que no haya suficiente;  el reconocimiento de las labores de cuidado y su tasación dentro de la pensión de alimentos (lo que sin duda habla de una perspectiva feminista) y que los deudores inscritos en el registro nacional de deudores no podrán pedir rebaja o cese de la pensión sino en casos calificados”, son algunos de los aspectos que destacó.

En sintonía con lo anterior, la Coordinadora Académica de la Clínica Jurídica de la Universidad Andrés Bello (UNAB), Valentina Cárdenas valoró este plus de poder “mejorar el acceso a la información financiera del deudor” a través del Estado. Otro de los ejes relevantes, a su juicio, es el establecimiento de “un mecanismo permanente”. 

Sobre los puntos débiles, falencias u omisiones de la normativa, la académica de la UNAB subrayó que no se puede hablar de falencias u omisiones dado que recién entró en vigencia la ley, pero comentó que en cuanto a las medidas de cobro efectivo de deudas alimentarias “solo funciona sobre la base que el deudor de alimentos se encuentra inserto en el sistema bancario o previsional, lo cual no siempre es el caso”. 

“Sería interesante a futuro, buscar medidas que puedan también alcanzar a este sector excluido de la aplicación de la norma”, señaló. De manera similar, la abogada María Belén Ferreiro puntualizó: “Queda la pregunta sobre qué hacer si no hay fondos en sus cuentas bancarias o si no tiene cotizaciones, y esto siempre será un desafío que tendrán todos los estados: decidir si se establece una pensión mínima subvencionada por el Estado o si se recurrirá a otra estrategia”, estableció.

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