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Por violencia psicológica y económica: Argentina permite a joven cambiar apellido del padre BRAGA

Por violencia psicológica y económica: Argentina permite a joven cambiar apellido del padre

El artículo 69 del Código Civil y Comercial de Argentina permite cambiar nombres o apellidos si el juez identifica “justos motivos”: fue lo que ocurrió con una joven de 26 años que relató a la justicia el daño provocado por la violencia psicológica y económica ejercida por parte de su progenitor, quien además estuvo ausente de momentos significativos de su vida. El Tribunal acreditó el daño luego de rechazar la solicitud en primera instancia: le permitió reemplazar el apellido paterno por el materno.


Profundas implicancias en su personalidad tuvo en su personalidad la violencia psicológica y económica ejercida por su padre, acusó la joven de la provincia del sur de Argentina.

Según el diario Clarín, la mujer de 26 años detalló a la justicia argentina que su progenitor le reclamaba y reprochaba con insistencia la decisión de su madre de poner fin a la pareja y a la obligación de pagar una cuota alimentaria.

La joven mencionó sentimientos de angustia, miedo e inseguridad que aún hoy persisten en su vida cotidiana.

Gracias a la investigación, el Tribunal integrado por Gustavo Martínez, Víctor Soto y Dino Maugeri, acreditó que el apellido paterno impactaba en “la salud psíquica” de la joven. “Se está viendo afectada por su portación, así como en el desarrollo pleno de su personalidad”, explicaron.

“No se trata, simplemente, de dar preponderancia a la libertad de elección de las personas sino, sobre todo, de proteger su salud y asegurar el desarrollo de su personalidad que necesariamente ha de ser libre”, fundamentó la sentencia.

La decisión fue tomada por la Cámara Civil de General Roca de la provincia de Río Negro, quien autorizó a la joven a reemplazar su apellido luego de un revés en primera instancia que rechazó la demanda.

En la etapa de apelación, la Defensoría de Pobres y Ausentes N° 10 presentó informes psiquiátricos y psicológicos sobre las profundas implicancias que tenía aún hoy el apellido paterno para la joven, quien subrayó asimismo la ausencia histórica del hombre en los momentos significativos de su vida. Gracias a ello, la joven pudo reemplazar el apellido del padre por el de la madre, sin oposición legal del progenitor ni de terceras personas, y tanto el Ministerio Público Fiscal como el Registro Civil y de Capacidad de las Personas (ente de aplicación) dieron el visto bueno.

El Tribunal recordó que el Código Civil y Comercial de Argentina, en su artículo 69, establece que “el cambio de prenombre o apellido sólo procede si existen justos motivos a criterio del juez”.

Dicha norma reconoce que hay un justo motivo cuando el nombre o el apellido generan una “afectación de la personalidad de la persona interesada, cualquiera sea su causa, siempre que se encuentre acreditada”.

Así pues, la Cámara reconoció que la presentación de la joven logró acreditar un “justo motivo” para habilitar el cambio de apellido.

“Cuando conocemos a alguien, lo primero que hacemos es preguntar ¿cómo te llamas?. Y en la respuesta estará seguramente mucho de lo que son sus padres y familia, gustos, creencias, así como también de lo que la persona ha ido construyendo, haciéndola única, inconfundible e insustituible. El nombre cobra, entonces, suma importancia en la construcción de la identidad personal”, reflexionó la Cámara entre los fundamentos de su fallo.

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