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¿Qué deberán cumplir las empresas?: entra en vigencia derecho a garantía legal de seis meses PAÍS Crédito: Agencia Uno

¿Qué deberán cumplir las empresas?: entra en vigencia derecho a garantía legal de seis meses

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Tras la entrada en vigencia de la reforma a la Ley del Consumidor, la que amplía el plazo de garantía legal de los productos de tres a seis meses, las personas podrán exigir el cambio del artículo, pedir la devolución del dinero o su reparación. Este plazo cuenta desde la recepción del objeto sin perjuicio de la indemnización que pudiera solicitar el consumidor por los daños ocasionados. En el caso de los electrodomésticos, se puede requerir una revisión por parte del servicio técnico para verificar la falla y una vez terminado el trámite, el consumidor podrá elegir entre cambiarlo, repararlo o solicitar de vuelta el monto gastado. Desde el Sernac indicaron que «mientras el proveedor realiza esta revisión, el plazo para ejercer el derecho de retracto se encuentra suspendido». La nueva ley establece que las empresas no podrán ofrecer la contratación de servicios, productos o pólizas cuya cobertura corresponda a las obligaciones propias de la garantía legal o afecte su plazo y opciones. 


Desde este jueves 24 de marzo, entró en vigencia la reforma a la Ley del Consumidor que amplía el plazo de garantía legal de los productos, pasando de tres a seis meses. Durante este periodo, las personas podrán exigir el cambio del producto que salió defectuoso, la devolución del dinero pagado o la reparación del mismo.

La reforma se enmarca en las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.398, la que reforzó a la Ley del Consumidor N° 19.496 y establece una serie de modificaciones en beneficio de todos los consumidores.

En detalle, uno de estos cambios tiene relación con la extensión por tres meses para ejercer el derecho que podrán exigir a las empresas, en donde se podrá solicitar el cambio, la reparación o la devolución de lo gastado en caso de un producto que presente fallas en su funcionamiento. El plazo cuenta desde la recepción del producto, sin perjuicio de la indemnización que puede solicitar el consumidor por los daños ocasionados.

En el caso de errores en el funcionamiento de los electrodomésticos, se puede requerir una revisión por parte del servicio técnico para verificar el origen de la falla, pero una vez cumplido ese trámite, los consumidores tienen derecho al cambio, la reparación, o la devolución del dinero. Esto lo elige única y exclusivamente el cliente.

Desde el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), hicieron hincapié en que «mientras el proveedor realiza esta revisión, el plazo para ejercer el derecho de retracto se encuentra suspendido».

Por otro lado, la nueva ley establece que las empresas no podrán continuar ofreciendo a los consumidores la contratación de servicios, productos o pólizas cuya cobertura corresponda a las obligaciones propias de la garantía legal o afecte sus plazos.

Es por esto que las empresas no podrán cobrar por los derechos propios de la garantía, ni establecer restricciones en el ejercicio de los seis meses de garantía legal, argumentando que existe una garantía voluntaria.

El Sernac aseguró que «estará monitoreando el cumplimiento por parte de las empresas, y en caso de detectar infracciones, tomará las acciones que correspondan».

Los problemas que guardan relación con el ejercicio al derecho a la garantía fue uno de los principales reclamos ante el Sernac, en donde durante el año 2021, el organismo recibió 37.530 reclamos y en este año ya acumula más de 11 mil casos. Los otros conflictos más habituales se refieren a la negativa de las empresas a la devolución del dinero, seguido de no poder realizar el cambio del producto en cuestión y no cumplir con los términos de la garantía voluntaria.

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