Publicidad
Corte de San Miguel ordena nuevo juicio por incendio de la estación del Metro La Granja en el estallido social PAÍS

Corte de San Miguel ordena nuevo juicio por incendio de la estación del Metro La Granja en el estallido social

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Teresa Letelier, María Teresa Díaz y Marcelo Ovalle Bazán– acogió la acción judicial, tras establecer que la sentencia recurrida, dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, realizó una errónea calificación jurídica de los delitos y ordenó la realización  de un nuevo juicio con jueces no inhabilitados.


La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público y los querellantes Ministerio del Interior y Metro de Santiago, y ordenó la realización de un nuevo juicio en contra de Jeremy Álex Ramírez Bravo y Omar Enrique Jerez Meza, en calidad de autores de los delitos de daños e incendio por los hechos ocurridos en octubre de 2019 -en el marco del estallido social- al interior de la estación La Granja.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Teresa Letelier, María Teresa Díaz y Marcelo Ovalle Bazán– acogió la acción judicial, tras establecer que la sentencia recurrida, dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, realizó una errónea calificación jurídica de los delitos y ordenó la realización  de un nuevo juicio con jueces no inhabilitados.

El fallo sostiene que «en base a todas las pruebas rendidas válidamente en juicio, quedó suficientemente acreditado que mientras se iniciaba el fuego, o cuando este ya se encontraba activo, eran numerosas las personas que transitaban o pululaban al interior de la estación La Granja del Metro, situación hipotética descrita por el tipo penal que materializó el imputado con su actuar de prender fuego al interior de la boletería del Metro. Dicha concurrencia de personas fue plenamente perceptible por Omar Jerez, y cuyo peligro para sus vidas o integridad física a lo menos debió representarse como algo totalmente previsible».

En ese sentido, sostiene que «no cabe afirmar que la decisión de absolución que viene cuestionada carezca de la necesaria y articulada fundamentación».

Vale recordar que el 6 de abril, el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Jeremy Ramírez a 540 días de presidio menor en su grado mínimo, como autor de daños en grado consumado a la estación del Metro La Granja de la Línea 4A. También se sentenció a Omar Jerez a 800 días de presidio menor en su grado medio por el delito de incendio en grado de tentativa.

Sin embargo, el Ministerio Público cuestionó la «calificación jurídica» que dio el Tribunal Oral, ya que esperaban una sentencia de 18 años de presidio para ambos imputados.

En ese sentido, se declaró nula la primera sentencia, «como también el juicio oral que le antecedió», y deben «remitirse los antecedentes respectivos a un Tribunal no inhabilitado, para que proceda a realizar un nuevo juicio oral respecto de la acusación fiscal formulada (…) en contra de los imputados Jeremy Alex Ramírez Bravo y Omar Enrique Jerez Meza».

Publicidad

Tendencias