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AFP tendrá que pagar pensión de alimentos por no retener 10% a deudor PAÍS Crédito: ATON

AFP tendrá que pagar pensión de alimentos por no retener 10% a deudor

El 5 de mayo, el tribunal instruyó a esta AFP a retener el tercero retiro del 10% solicitado por el cotizante, quien mantiene una deuda por pensión alimenticia, informó el Poder Judicial. Sin embargo, el 7 de mayo, la AFP informó que pagó estos fondos a través de BancoEstado que estaba obligada a cautelar por resolución judicial, y ante este incumplimiento, la jueza Lucía Massri declaró como «responsable solidaria» a la AFP por el no pago de esta deuda alimentaria.


El Juzgado de Familia de Paillaco ordenó a la AFP Capital a pagar como «responsable solidaria» el 10% de la pensión de alimentos a una demandante que entregó sus fondos al deudor a pesar de estar en conocimiento de la exigencia de retención judicial.

El 5 de mayo, el tribunal instruyó a esta AFP a retener el tercero retiro del 10% solicitado por el cotizante, quien mantiene una deuda por pensión alimenticia, informó el Poder Judicial.

Sin embargo, el 7 de mayo, la AFP informó que pagó estos fondos a través de BancoEstado que estaba obligada a cautelar por resolución judicial, y ante este incumplimiento, la jueza Lucía Massri declaró como «responsable solidaria» a la AFP por el no pago de esta deuda alimentaria, «al haber impedido o frustrado su cancelación con el fondo que debía resguardar, por lo que le ordenó, bajo apercibimiento de multa y arresto a su representante, pagar lo adeudado con fondos propios en un plazo de 10 días», consigna Cooperativa.

El fallo sostiene que AFP Capital confirmó la recepción de la medida cautelar a pesar de haber entregado los fondos al afiliado, cuyo monto era superior a 1 millón de pesos.

La resolución indica que «así las cosas, existiendo una declaración de la Administradora de Pensiones Capital de haber incumplido la orden judicial, pese a estar en pleno conocimiento de ella, orden que además, aseguraba el pago de una deuda por pensión de alimentos, minimizando el menoscabo que aquello significa para los alimentarios de autos (se) que obliga a esta juez a disponer de todas las medidas para asegurar el goce de los derechos del niño, niña y adolescente».

Por último, AFP Capital tendrá que depositar en la cuenta de ahorro del demandante la suma de 847 mil 592 pesos. «Si así no se hiciere, se procederá a aplicar las multas o derechamente el arresto por dos meses, al representante legal de la Administradora de Fondos de Pensiones CAPITAL, don Jaime Francisco Munita Valdivieso».

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