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Historia sin fin: incertidumbre por nuevo casino en Chillán toca fondo

Historia sin fin: incertidumbre por nuevo casino en Chillán toca fondo

Héctor Cárcamo
Por : Héctor Cárcamo Periodista El Mostrador Mercados
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Corte de Apelaciones repitió lo que la Suprema había decretado en mayo pasado: la actuación del Consejo Regional fue ilegal y arbitraria al no tener fundamentos para dejar sin puntaje a Bold-Peralada. Core acudiría a la Suprema.


Al parecer, la tozudez del Consejo Regional por respaldar el proyecto que Marina del Sol tiene para levantar un casino en Chillán definitivamente no convence a la justicia.

Ayer, la Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección presentado por el grupo Boldt-Peralada, que había pedido declarar nula la segunda votación del informe entregado por el Consejo Regional del Biobío a la Superintendencia de Casinos, que dejaba sin votos la propuesta del grupo hispano-argentino, respaldando así la opción del grupo que lidera Nicolás Imschenetzky, conocido empresario penquista y que también controla el casino de Talcahuano.

Este fallo no es el primero del caso iniciado en julio de 2014, cuando el gobierno regional inclinó la balanza en favor de Imschenetzky, desatando las acciones judiciales de Boldt, que reclamaba por las cuestionables votaciones que se vieron en el Core. En ese momento, Boldt acudió a tribunales y en la Suprema, en abril de 2015, su tesis de la ausencia de fundamentos para no entregar votos a la propuesta de Boldt fue ratificada, revirtiendo un fallo original de la Corte de Apelaciones de Concepción. Sin embargo, cumpliendo la orden de la justicia, el Consejo volvió a votar y elaboró un nuevo informe, el que nuevamente fue rebatido por Boldt ante la Corte.

En el ínterin, con la votación del Core en la mano, el Consejo Resolutivo –que preside el subsecretario de Hacienda Alejandro Micco– de la Superintendencia de Casinos (que dirige Renato Hamel), decidió postergar la decisión final de adjudicación del proyecto a Marina del Sol a la espera del fallo que finalmente ayer echó abajo la decisión del Core. En ese momento, la firma del empresario de origen Ruso cuestionó la decisión.

Tras este fallo, el presidente del Consejo Regional, Eduardo Muñoz, dijo que estudiarán el caso, aunque el camino sería acudir a la Suprema. “Los fallos no los comento, solo se acatan. Hay que ver qué se resuelve y lo que tengamos que hacer se hará en su momento”, dijo a Radio Bío Bío.

El caso –a estas alturas postulando a escándalo– incluye una ola de rumores sobre los vínculos políticos de las autoridades regionales que estarían influyendo en la decisión.

Algunos incluso afirman que se habría repartido dinero para conseguir votos en la ciudad de las longanizas.

¿Informes truchos?

La resolución de la Segunda Sala del tribunal de alzada penquista –que integran los ministros Renato Campos, César Panés y el abogado integrante Marcelo Villena– fue claro, al señalar que “nos hallamos frente a un acto ilegal, en virtud de las transgresiones a las normas más arriba citadas, como de paso frente a uno arbitrario, en la medida que carece de la fundamentación necesaria y, por ende, no resulta ser intersubjetivamente controlable, cuestión esta última que implica a las claras un escenario de arbitrariedad”.

“Al no haber fundado debidamente la decisión de la autoridad administrativa en los términos ya mencionados, se ha efectuado una diferencia arbitraria en perjuicio de la sociedad recurrente respecto de los demás participantes en el procedimiento destinado al otorgamiento de un permiso de operación de un casino de juegos en la ciudad de Chillán…”, continúa, determinando que se acoge el recurso de protección interpuesto por Boldt y ordena que el Core emita un nuevo y fundado informe.

Sin embargo, esta vez la resolución fue más allá, al cuestionar duramente las pruebas de Core, que había justificado su votación en el riesgo de fomentar conductas ludópatas en los estudiantes de la comuna, dado que se instalaría casi colindante con una institución de educación superior y también por el uso de efectos luminosos del edificio a construir.

La actuación del Core para justificar su votación parece insólita y así lo relata la Corte. Primero, los sentenciadores indican que, según la Ley 19.995, las resoluciones emanadas de la autoridad administrativa deben ser “fundadas” y que la aceptación de informes o dictámenes servirá de motivación a lo resuelto cuando se incorporen al texto de la misma.

A continuación, la Corte refiere que el ordinario 167, que envió Muñoz al intendente de la Región del Biobío, dando cuenta del acuerdo del Core del 12 de mayo de 2015, que incluye los argumentos ya referidos y que dicha conclusión provendría del informe de una subcomisión del Gobierno Regional.

Sin embargo, prosigue la Segunda Sala, “examinado el referido informe, estos sentenciadores estiman que él no logra reunir los elementos técnicos y normativos necesarios para fundamentar la decisión del Consejo que hoy se cuestiona, toda vez que no se acompañan los supuestos estudios que darían cuenta de los riesgos que se pretenden evitar, prescindiendo asimismo de una referencia específica de aquellos, con lo cual se infringen abiertamente las normas…, actuación con la cual se priva al afectado de corroborar los datos tenidos en cuenta por el Consejo para fundar su desfavorable decisión, impidiéndose también reunir antecedentes contradictorios a los mismos”.

En la misma línea, la Corte cita lo señalado textualmente por el Core este respondió que “ni la subcomisión de casinos ni el pleno del Core Bio bio se valieron de informes o estudios para alcanzar su acuerdo”.

De hecho, Boldt denunció la posible falsedad de informes sobre ludopatía que no existían previo a la votación del Core y que habrían sido incluidos en la carpeta con posterioridad a ello. Aun más, en los alegatos en la Corte, uno de los ministros subrayó que no existía un expediente administrativo, que no hay constancia por escrito de la designación de la mentada subcomisión y que había dudas sobre la forma en que se evaluaron los proyectos, pues no existe constancia escrita de dicho análisis.

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