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Nolberto Díaz pierde otro round: Juzgado del Trabajo rechaza su demanda por prácticas antisindicales contra ENAP MERCADOS

Nolberto Díaz pierde otro round: Juzgado del Trabajo rechaza su demanda por prácticas antisindicales contra ENAP

El dirigente de militancia DC y secretario general de la CUT presentó en noviembre del año pasado la demanda contra el entonces gerente de ENAP, Marcelo Tokman, acusándolo de “desacreditar” su actividad sindical. Sin embargo, la sentencia del juez titular Felipe Salas Torres desestima sus argumentos y le recordó el episodio de la agresión al Gerente de Gas y Energía de la estatal.


El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó la demanda por prácticas antisindicales interpuesta por el secretario general de la CUT y presidente de la Fenatrapech, Nolberto Díaz.

El dirigente sindical de militancia DC presentó en noviembre del año pasado la demanda contra el entonces gerente general de ENAP, Marcelo Tokman, a raíz de un comunicado interno enviado por el ejecutivo a “todos los trabajadores de la empresa desacreditando su actividad sindical y solicitando que los ejecutivos de ENAP no se reúnan con él”.

No obstante, el origen del conflicto está en el incidente protagonizado por Díaz con el entonces gerente de Gas y Energía de la compañía, Alfredo del Carril que derivó en acusaciones mutuas de agresión. El round llegó a tribunales, y el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago multó en $ 47.301 a Díaz por la agresión.

En su demanda por prácticas antisindicales, el titular de la Federación Nacional de Sindicatos del Petróleo y afines de Chile pedía al tribunal que se castigue “con 300 unidades tributarias mensuales a la empresa para el beneficio del fondo de formación sindical y relaciones laborales colaborativas” además de publicar en un inserto en un diario de circulación nacional.

Sin embargo, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago desestimó sus argumentos. Es más, la sentencia firmada por el juez titular Felipe Salas Torres lo condenó a pagar $1.000.000 “por estimarse que no tuvo motivo plausible para litigar”.

En sus argumentos, el juez recuerda el episodio con Del Carril, y señala que el “señor Díaz inexplicable y llamativamente lo omite en su denuncia y es precisamente ese hecho el que –atendida su gravedad- motiva y origina el comunicado ya referido” que reclama Díaz. “No es posible exigir al Gerente General inactividad o pasividad absoluta ante una agresión que dejó al Gerente de Gas y Energía con un profuso sangramiento producto de una agresión del Presidente de la Fenatrapech en una reunión de trabajo”, añade el fallo.

“Así las cosas, no se aprecia, bajo ningún respecto, que se haya realizado alguna práctica antisindical, ni en la comunicación enviada por el demandado ni en ninguno de los otros hechos denunciados, los cuales, por cierto, no son sino consecuencias de dicho envío, razón por la cual deberá desestimarse la acción en todas sus partes”, finaliza la sentencia.

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