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Claro arriesga multa de sólo $39 millones por falla de servicio que afectó a 14 regiones

Claro arriesga multa de sólo $39 millones por falla de servicio que afectó a 14 regiones


Una multa de hasta 1.000  Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalente a poco más de s de 39 millones de pesos (el máximo que considera la ley) arriesga la empresa Claro por la falla que registraron esta mañana sus servicios de telefonía e internet móvil y que dejó incomunicados a sus clientes de todo el país, excepto los de la región de Atacama.

El desperfecto, indicó la empresa, se produjo en un nodo ubicado en el sector de El Salto. La extensión de la falla fue constarada en terreno por equipos de Fiscalización de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel).

Por tal motivo, la Subtel inició una auditoría a las redes de la compañía para verificar técnicamente el tiempo real de la interrupción y alteración del servicio, cantidad exacta de usuarios afectados y causas del problema, para determinar de esta forma qué medidas reparatorias, descuentos o indemnizaciones corresponden conforme a la normativa.

“Al mediodía de hoy la recuperación del servicio de telefonía ha sido gradual a nivel nacional, según pruebas técnicas realizadas por fiscalizadores Subtel en las regiones. Atendiendo a esta interrupción de servicio, Subtel ha iniciado un proceso de fiscalización e investigación detallada de los sistemas de la referida empresa, y ha dispuesto un equipo de fiscalización en terreno para que se haga presente en las centrales de redes de Claro”, sostuvo la compañía a través de un comunicado.

“Una vez concluida dicha investigación, se determinarán las medidas que deberá adoptar la empresa para que este tipo de situaciones no se repitan”, reparó la Subtel.

“Lo anterior, sin perjuicio de la aplicación de cargos ya instruidos y sus multas resultantes que correspondan conforme a la normativa vigente por la pérdida en la continuidad del servicio y por no informar en tiempo y forma a la autoridad de la falla, conforme a los protocolos y normativa técnica para situaciones de emergencia e interrupción de servicio”, agrega.

Por último señala que “a los usuarios que conforme a la Ley de Telecomunicaciones, toda alteración, interrupción o suspensión de servicio que supere 6 horas en un mismo incidente o 12 horas acumuladas en un mes implica descuento automático del servicio no prestado en favor de los afectados, sin desmedro de otras acciones compensatorias conforme a la Ley exigibles”.

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