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Conoce detalles de la ley que regula vidrios polarizados: estará prohibido laminas “reflectivas” y de colores DATOS ÚTILES

Conoce detalles de la ley que regula vidrios polarizados: estará prohibido laminas “reflectivas” y de colores

El próximo 11 de agosto se terminará la marcha blanca iniciada hace tres meses para incorporar esta ley, donde se permitió a la población adaptarse a las medidas de la normativas en el tránsito. En específico, el ministro de Transportes, Cristóbal Pineda explicó que «en vehículos medianos y livianos se va a permitir un 70% de visibilidad en los vidrios laterales delanteros y un 28% en los laterales traseros y la luneta (vidrio trasero)», mientras que quedará «absolutamente prohibido que se polarice el parabrisas (vidrio delantero), debe tener un 100% de visibilidad».


En dos semanas comenzará a regir oficialmente la ley que regula el uso de vidrios polarizados en vehículos motorizados, y el subsecretario de Transportes, Cristobal Pineda consignó, esta mañana, detalles que ayudarán a entender en qué consiste la normativa.

De este modo, el próximo 11 de agosto se terminará la marcha blanca iniciada hace tres meses para incorporar esta ley. Periodo en que la población podía adaptarse  a lo que se exigirá desde la fecha indicada.

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En esa línea, el subsecretario Pineda, precisó en Cooperativa que desde esta fecha «se regulará el polarizado de vidrios que no vengan de fábrica», además que deberán cumplir «con una serie de medidas respecto de la opacidad».

En específico, «en vehículos medianos y livianos se va a permitir un 70% de visibilidad en los vidrios laterales delanteros y un 28% en los laterales traseros y la luneta (vidrio trasero)», mientras que quedará «absolutamente prohibido que se polarice el parabrisas (vidrio delantero), debe tener un 100% de visibilidad», sostuvo Pineda.

Asimismo, recalcó que si el polarizado «viene de fábrica no debería tener ningún problema, porque en el Ministerio homologamos los nuevos vehículos que entran al mercado».

La ley también determina que el vidrio oscurecido «que se instala en Chile debe tener un sello en relieve e indeleble en los polarizados, de tal manera de poder observar el nombre y el RUT del instalador».

Por lo que cabe tener presente que las láminas que estarán prohibidas son: «las reflectivas, las metálicas o espejadas, y las de color ámbar, amarillo, rojo o azul», explicó el titular de transporte.

El cumplimiento «se va a controlar en las plantas de revisiones técnicas a través de un nuevo control que se agrega en las revisiones, con un dispositivo que se llama opacímetro que va a medir el grado de penetración de la luz exterior hacia el interior».

La ley, promulgada en 2019, responde a que «durante los últimos años hemos visto una proliferación de vidrios polarizados que no están regulados por el Ministerio», generando un proceso que «estaba totalmente desregulado», argumentó el subsecretario.

Por lo tanto, el objetivo de la normativa es «regular cuánto es la visibilidad desde el exterior hacia el interior, más bien por motivos de seguridad», pero «no tanto con seguridad vial, porque desde dentro es posible ver hacia afuera», sino ante la delincuencia, esclareció Pineda.

«Si hubiera completamente polarizados, por motivos de seguridad delictual no podríamos ver qué personas van al interior del vehículo», apuntó.

Por ejemplo, «cuando un carabinero necesita reconocer quién va dentro del vehículo, cuando hay vehículos polarizados (…) no permite ver quién va al interior ni si va con niños o no»; asimismo, «en controles policiales, un carabinero tiene que ver quién va dentro y si (ve que el auto) lleva armas, puede actuar a un nivel más seguro».

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