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La Armada versus las parvularias

José Luis Ugarte
Por : José Luis Ugarte Profesor de Derecho Laboral Universidad Diego Portales
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Podría un grupo de arsenaleros, enfermeras y parvularias del Servicio de Bienestar de un Hospital poner en peligro la seguridad nacional que se justifique tratarlos como si fueran militares?


La reunión –me imagino- debe haber sido nerviosa. Almirantes, capitanes y otros personajes menores para tratar un tema estratégico para la Armada y en contacto directo con el Ministro de Defensa de la época –Ravinet, el del puente-.

Y no nos estamos refiriendo a la reunión para analizar el largo listado de fallas del último terremoto y los responsables dentro de la institución.

No seamos tan ingenuos.

La estratégica reunión se debía a un peligro mayor: la formación de un sindicato –y después de una asociación de funcionarios- en el Hospital Naval de Talcahuano. Formado únicamente por civiles que bajo contrato de trabajo –y no en calidad de funcionarios públicos- prestaban labores en el Servicio de Bienestar de la Armada y cuya directiva estaba formada únicamente por asistentes de párvulos.

El 2 de Julio de 2010 las dirigentes sindicales recibían una carta de despido digno de la mejor época del Santo Oficio: se les despedía por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, sin derecho a indemnización, debido a su intento de formar una asociación de funcionarios.

[cita]Podría un grupo de arsenaleros, enfermeras y parvularias del Servicio de Bienestar de un Hospital poner en peligro la seguridad nacional que se justifique tratarlos como si fueran militares?[/cita]

Entonces, se vino la conjura de todos contras las parvularias. La Contraloría General de la Republica avaló a la Armada –sostuvo que les estaba prohibido formar una asociación de funcionarios- y lo mismo hizo la Inspección del Trabajo –sostuvo que tampoco podían formar sindicatos-. Mirado el asunto desde estas instituciones parece que se trata de trabajadores zombis: no tienen derecho a nada.

Hoy el asunto esta en el Tribunal Constitucional, quien debe decidir si se está vulnerando el derecho de asociación y de sindicalización de estas trabajadoras.

Cuesta creer –hay que reconocerlo- que en pleno siglo XXI y en una sociedad que aspira al desarrollo y la democracia, trabajadoras chilenas sean despedidas por intentar formar una organización que defienda sus derechos.

Y que quienes las despidan ni se arruguen para hacerlo.

Algunos pensarán –como de hecho se justificó la Armada- que en las instituciones militares no se puede formar sindicatos, porque se trata de instituciones jerarquizadas y no deliberantes.

Esa justificación no resiste análisis. Ello puede ser así para el personal militar, pero no lo es nunca para el personal civil que cumple funciones civiles.

¿Podría un grupo de arsenaleros, enfermeras y parvularias del Servicio de Bienestar de un Hospital poner en peligro la seguridad nacional que se justifique tratarlos como si fueran militares?

Hasta la pregunta suena ridícula. De hecho, los principios más básicos de los tratados internacionales que Chile ha suscrito en la materia (Convenios 87, 98 y 151 de la OIT) protegen a estos trabajadores. La OIT ha dicho con claridad que “el personal civil ocupado en instalaciones militares o en empleos al servicio del ejército, deberían tener el derecho de constituir sindicatos”.

¿Le importó este criterio internacional obligatorio para Chile a la Armada, la Contraloría y la Inspección del Trabajo?

Un rábano.

Lo que hay detrás, en todo caso, no es un mero problema legal. Este caso refleja, en rigor, el profundo y arraigado autoritarismo que las elites militares y sus entornos civiles sostienen sobre las relaciones de trabajo, todo avalado por las instituciones que deberían proteger, precisamente, a estos trabajadores.

En el mundo desarrollado y democrático ya no se discute el derecho de los funcionarios civiles a formar sindicatos. En muchos de esos países, ni siquiera se discute el derecho de los funcionarios policiales a formar sindicatos (a propósito ¿alguna vez en Chile discutiremos las condiciones de trabajo de nuestros carabineros y policías?)

E incluso, algunos –a años luz de nosotros- permiten al propio personal de las Fuerzas Armadas formar sindicatos, como en Alemania e Italia. Es que, como es obvio, la eficacia profesional nada tiene que ver con el derecho a defender condiciones dignas de trabajo.

En nuestro caso, en cambio, sólo queda resignarnos de los lejos que estamos de ese mundo democrático.  Es que en Chile, el espíritu de nuestro ex Capital General aún sigue rondando por los rincones de nuestra democracia.

Espíritu que el mismo magistralmente sintetizara a mediados de los ochenta, cuando se quejaba amargamente –al calor de una copas de más en el Club de la Unión y arropado por un auditorio que daba miedo- que el ejército de la democracia alemana era una manga de “marihuaneros, drogadictos, melenudos, homosexuales y sindicalistas”.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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