Aplicación de la Institucionalidad
Señor Director:
Una de las características de las normas es que éstas son neutras. No establecen a quién ni cuándo se aplican en los hechos. La regla que sanciona el fraude no habla de ricos o pobres, aunque la conducta del fiscal sí podría teñirla si la ejerce de manera selectiva.
El gobierno ha decidido crear un consejo para estudiar políticas nuevas en materia de probidad, ya que el consenso general es que las instituciones están fallando –las normas-, pero la verdad es que la situación actual se ha producido porque ahora realmente se está buscando sancionar la violación de las normas preexistentes. Todo se puede mejorar, pero la falta de leyes no es el centro de la cuestión.
Los fraudes al fisco y a la ley electoral ya existen, al igual que el delito de cohecho y evasión tributaria, lo que no ha estado es la voluntad política de hacerlos operativos otorgándole los presupuestos pertinentes a los organismos respectivos –como el SERVEL o el SII-.
El problema principal es que los propios regulados por estas reglas son quienes “pueden” determinar su aplicación efectiva, y no lo hacen. Institución existe, pero no se aplica porque los incumbentes no lo permiten. El inconveniente no es la carencia de estructura normativa sino la ligereza moral de quienes han de aplicársela, por tanto no se saca nada modificándola si no cambiamos la ética política subyacente.
No existe regla que le vaya a impedir a algún político ofrecer su voto si el incentivo es suficiente, y no sacamos nada con dictar una norma si a quienes regula no tienen el convencimiento de la importancia y conveniencia de respetarla. He ahí el meollo del asunto. En China ejecutan a cientos de funcionarios al año por casos de corrupción, y éstos siguen sucediendo.
Cristián Gabler
Abogado