Sistema de Alta Dirección Pública
Señor Director:
Es impresionante el ejercicio legislativo que se hace para resolver las diversas dificultades y limitaciones que tiene el sistema de Alta Dirección Pública, y que lamentablemente hasta el momento no ha cumplido cabalmente con los propósitos para los que fue creado.
Sin embargo, disipados los paradigmas que nublan la mirada de los que han participado en su interior, la solución fluye a partir un elemento básico:
Las decisiones y ternas de la ADP deben ser legalmente vinculantes para el Jefe del servicio que solicitó su participación, quién no podrá excusarse de nombrar a uno de los propuestos, salvo que por razones que deberán ser fundadas, y desde luego con Toma de Razón de la Contraloría General de la República.
Igual procedimiento para los despidos anticipados de los nombrados por el sistema de la ADP, descartándose a priori la causal «por razones de buen servicio».
Es mucho el dinero y tiempo de profesionales involucrados para desperdiciar por caprichos u otras connotaciones ajenas a su espíritu.
Nelson Lister Nazif
Abogado