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Financiamiento estatal para la investigación universitaria

Patricio Basso
Por : Patricio Basso Ex secretario ejecutivo de la CNA
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Un mínimo de racionalidad en el financiamiento de las universidades requiere separar el financiamiento de la docencia del de la investigación para lo cual es condición previa conocer cómo se distribuye el costo de las universidades entre estas actividades de modo de evitar subsidios cruzados u ocultos entre ambas. En nuestra opinión, el financiamiento de la investigación es responsabilidad del Estado y, en ningún caso, de las familias como lo ha sido, parcialmente, hasta ahora.

Esta distinción es fundamental pues mientras la docencia requiere un financiamiento anual –salvo para programas de desarrollo de nuevas carreras o programas o para un aumento importante de la matrícula-, la investigación requiere de un financiamiento estable por períodos mucho más extensos.

Por otra parte, la decisión de en qué áreas se desarrollará la investigación debiera ser una decisión de aquellas universidades que tengan una demostrada capacidad y experiencia –por cierto con la restricción del financiamiento disponible- pues en ello se expresa, más que en ningún otro ámbito, la autonomía académica y, por cierto, esta clase de universidades están mejor capacitadas que el propio Estado para decidir cómo invertir los recursos de investigación.

Bajo estas premisas, el Estado debiera entregar recursos estables a las universidades que investigan –aportes basales para la investigación- de modo que éstas puedan planificar su desarrollo a largo plazo. Por cierto que el problema es y será siempre la escases de recursos por lo que la decisión de a qué universidades financiar y en qué montos es una decisión de política pública de la mayor trascendencia.

En Chile solo unas pocas universidades se pueden considerar como de investigación en el sentido que las define The Carnegie Foundation (http://carnegieclassifications.iu.edu/classification_descriptions/basic.php) y éstas pocas son las que deben ser priorizadas en el financiamiento de la investigación con independencia de su carácter estatal o privado. Fortalecer la investigación de las universidades que lo hacen con calidad es esencial para el desarrollo futuro del país, cualquiera que sea su naturaleza.

La disyuntiva que se debe resolver en términos conceptuales, antes de adentrarse en los mecanismos de distribución de los recursos para la investigación, es si se exigirá a todas las universidades que realicen investigación y, por ende, que reciban financiamiento del Estado. Pretender, como hace el proyecto de ley de educación superior actualmente en el parlamento, que todas las universidades realicen investigación es no sólo absurdo sino que financieramente infactible.

A modo de ejemplo, en Estados Unidos existen solo 335 universidades de investigación (Doctoral Universities) que representan el 10,8% del total de instituciones de educación superior de 4 o más años de estudios. (Carnegie Foundation). En Chile existen, actualmente, 59 universidades y 52 Institutos Profesionales, es decir 101 instituciones de 4 o más años de estudios. En consecuencia, si se aplicara la proporción de universidades de investigación de los Estados Unidos significaría tener solo 11 universidades de investigación.

Independiente de la nomenclatura que se utilice para las universidades que no realizan investigación, Chile no puede pretender tener 60 universidades de investigación porque no solo no existe el financiamiento para ello sino, lo que es más grave, no existe la capacidad académica necesaria.

Este es un problema no resuelto en el proyecto de ley que tiene una directa implicancia en la política de financiamiento fiscal. Financiar con aportes basales robustos solo a unas pocas universidades debería ser factible y de un alto retorno. Hacerlo con 60 es demencial e ineficiente.

Aunque sea políticamente incorrecto decirlo, entre las universidades que se pueden llamar de investigación, no están todas las universidades estatales ni todas las del llamado grupo G-9. De ahí que demandar un financiamiento basal de investigación para todas ellas es irracional y no es consistente con las necesidades del país.

Las universidades que reciban aportes basales para la investigación verán sus costos de operación sustancialmente rebajados pues los investigadores deberían además, obligatoriamente, desarrollar docencia de pregrado. Asimismo, parte del equipamiento e infraestructura que se requiere para la investigación –que estará financiada por el Estado- sirve para la docencia. En consecuencia, debiera ser una condición esencial para que una universidad reciba aportes basales permanentes para investigación, que ajuste sus aranceles a los costos reales de la docencia considerados como costos marginales al de la investigación. Con certeza el valor de estos aranceles sería muy inferior, incluso, al arancel regulado.

La discusión entre lo estatal y lo público –tema aún no resuelto- quedaría con esto reducida solo al ámbito de la docencia de pregrado, ámbito en el cual las universidades privadas no podrían pretender un financiamiento fiscal para el desarrollo de sus proyectos institucionales. Para ser más específico, no es razonable que el estado financie, por ejemplo, la misión evangelizadora de las universidades católicas o de cualquier otro credo.

Sin embargo, respecto de sus universidades, el Estado continuará teniendo una irrenunciable responsabilidad en cuanto a asegurar una docencia de calidad y, por ende, deberá destinar recursos para dotarlas de cuerpos docentes capacitados. Invertir en el perfeccionamiento continuo de los cuerpos docentes de las universidades estatales y en el desarrollo de las universidades regionales mediante aportes por convenios de desempeño, debiera ser parte de una equilibrada política de financiamiento fiscal.

Por otra parte, la existencia de aportes permanentes a las universidades que realizan investigación en forma sistemática no opta a que el Estado destine recursos adicionales para aquellas otras –sean privadas o estatales- que tengan algún nivel de desarrollo y capacidad académica en ciertas áreas específicas, pero limitadas, de investigación, aunque esos recursos no deberían constituir aportes basales sino convenios de largo plazo.

Finalmente, no se debe olvidar la existencia de investigadores o pequeños grupos de investigación que deberían continuar siendo financiado a través de fondos tales como Fondecyt u otros.

Así nuestra propuesta es separar el financiamiento fiscal a las universidades en tres fondos diferenciados e independientes:

  1. Fondo de Aporte Basal Permanente de Investigación, destinado exclusivamente a un conjunto reducido de universidades, estatales o privadas, que puedan ser catalogadas como de investigación. Estos recursos debieran ser sustancialmente más elevados que los que estas universidades reciben actualmente como aporte fiscal directo para permitirles planificar su desarrollo en beneficio del país. Las universidades de investigación tendrán la obligación de desarrollar y mantener doctorados de altísimo nivel a través de los cuales se formarán los futuros investigadores que el país requiera.
  1. Fondo de Financiamiento para Grupos de Investigación en Áreas Específicas, destinado a aquellas universidades, sean éstas estatales o privadas, –y no a los investigadores en forma particular- que realizan, en un nivel de excelencia y con una masa académica mínima razonable, investigaciones en áreas específicas con importante producción previa demostrable. Este Fondo debiera ser concursable y asignado para períodos no inferiores a cinco años, renovables de acuerdo a los resultados mostrados, para cada proyecto. Naturalmente, las universidades que reciban aportes basales permanentes no podrán optar a estos fondos, lo que permitirá que proyectos que usualmente no son financiados por tener que concursar con las universidades de mayor tradición en investigación, reciban recursos fiscales en el futuro.
  1. Fondo para Financiamiento de Investigadores Aislados, destinado a investigadores que tengan un probado nivel de calidad y alta productividad pero que no se desempeñen en universidades de investigación ni dentro de los grupos que puedan concursar al Fondo de Financiamiento para Grupos de Investigación en Áreas Específicas. Este tipo de financiamiento sería, en lo esencial, semejante a los actuales Fondecyt.
  1. Fondo de Apoyo a la Docencia de Calidad de las Universidades Estatales, destinado a programas de mejoramiento continuo de los cuerpos docentes de las universidades del Estado, al desarrollo de nuevas carreras y programas así como al aumento de matrícula de aquellas universidades que tengan los más altos nivel de calidad según los parámetros de acreditación que se aplicará a todo el sistema universitario.

Esta propuesta requiere que todos los recursos que actualmente se destinan a investigación, desarrollo e innovación se concentren en estos fondos cuya administración debiera estar radicada en un Ministerios de Ciencia y Tecnología incluidas por cierto las ciencias sociales. A través de comisiones de expertos nacionales e internacionales, este ministerio deberá decidir cuáles serán las universidades de investigación y cuales los grupos de investigación que califican para para recibir fondos fiscales.

Como es impensable que la puesta en marcha de este nuevo modelo de financiamiento de la investigación espere a que el Ministerio de Ciencia y Tecnología esté operativo, se debiera establecer un listado inicial de las universidades que recibirán aportes basales permanentes en un artículo transitorio del proyecto de ley de educación superior. Dado que siempre será posible agregar al conjunto inicial de universidades de investigación otras nuevas, la selección inicial debiera ser, necesariamente, restrictiva de modo que sólo se incluyan aquellas universidades que, más allá de toda duda, se pueden hoy calificar como de investigación, las cuales, en mi opinión, no son más de una docena.

Para efectuar esta selección inicial, se debiera establecer un convenio de cooperación con la OCDE u otras instituciones de reconocido prestigio como la propia Carnegie Foundation. Demás está decir que esta decisión no puede, ni debe, estar sujeta a los intereses ni presiones de ninguna universidad o grupo de universidades y mucho menos ser objeto de una negociación en el seno del parlamento.

 

[cita tipo= «destaque»]Aunque sea políticamente incorrecto decirlo, entre las universidades que se pueden llamar de investigación, no están todas las universidades estatales ni todas las del llamado grupo G-9. De ahí que demandar un financiamiento basal de investigación para todas ellas es irracional y no es consistente con las necesidades del país.[/cita]

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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