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La conciencia del médico versus “la conciencia del hospital”

Por: Nelly Alvarado


Señor Director:

No recuerdo momentos tan explícitos en nuestro Chile donde quede tan claro el divorcio u oposición entre la conciencia del médico o prestador individual y aquella “conciencia” (si se puede denominar así) del prestador institucional. Si se entiende la conciencia como el “sentido moral o ético propios de una persona” y el “conocimiento del bien y del mal que permite enjuiciar moralmente la realidad y los actos, especialmente los propios”, mediante un discernimiento se obra según las propias creencias y valores y en ejercicio de la autonomía moral, eligiendo por uno mismo lo que se va a hacer, lo cual constituye una libertad propia del ser humano: la libertad de conciencia. ¿Es esto extensible a una institución? que se define como “un algo” independiente de quienes le dan razón de ser, de su propia identidad y propósito que es dar atención médica, cuidados y curar enfermos. Esta función la hacen las personas entrenadas y que dedican su vida a ello, no son las paredes o la infraestructura, ni menos aún sus directivos. ¿De qué estamos hablando entonces?. La intimidad de relación se da entre el médico y su paciente, allí obran dos conciencias y nada ni nadie debiera interponerse entre ellos.

En cuanto al requerimiento de interrupción voluntaria del embarazo en tres causales, es claro que su práctica siempre es facultativa para la mujer, sin embargo al facultar a la gestante la ley determina que alguien debe efectuarlo: el médico y si éste no admite practicarlo por razones de conciencia, la propia ley lo faculta mediante el ejercicio de la objeción. La mujer embarazada no necesita aquí dar razones para no proceder a la práctica del aborto; los médicos, sí.
El Código de Etica del Colegio Médico de Chile respecto de las relaciones del médico con sus pacientes reza: “El médico atenderá profesionalmente a su paciente en una relación de confianza y respeto, que garantice la libertad y autonomía de ambos”…“El médico a quien se solicitaren prestaciones que vayan en contra de su conciencia o de su convencimiento clínico, podrá negarse a intervenir. En estas circunstancias, procurará que otro colega continúe asistiendo al paciente, salvo que ello produjere graves e inmediatos daños para la salud del enfermo”.

La orden médica seguirá en esta línea de ejercicio de su libertad, pues esencialmente hay dentro del profesional médico una persona autónoma que tiene el derecho humano de actuar con convicción ante lo que le es solicitado.

Nelly Alvarado, médico salubrista y académica de la Universidad Diego Portales

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