Justicia Juvenil y evidencia científica
Señor director:
El actual debate sobre la modificación de la Ley N° 20.084 nace de una legítima preocupación por la seguridad, pero propone una respuesta que, paradójicamente, podría contribuir a hacer un país más inseguro. La intención de endurecer penas y eliminar beneficios procesales a adolescentes ignora un dato científico fundamental: la inmadurez cognitiva propia de esa etapa hace que la “disuasión” penal sea ineficaz. El adolescente no calcula el costo-beneficio de su acción bajo los mismos parámetros que un adulto. La privación de libertad no disuade al adolescente; lo contamina y lo especializa en la transgresión.
La evidencia en Chile es elocuente. Mientras la reincidencia en el sistema cerrado supera el 50%, los programas de reinserción en medio libre alcanzan tasas de éxito del 76%. Transformar la justicia juvenil en un espejo de la justicia de adultos no solo contraviene el derecho internacional, sino que es técnicamente ineficiente.
Extender la privación de libertad de 5 a 10 años para adolescentes de 14 y 15 años significa que, al recuperar su libertad, habrán transcurrido los años más determinantes de su desarrollo, cuando se consolida la identidad personal y el ajuste social. Estos procesos requieren de familia, escuela y comunidad, contextos de los que habrán sido privados.
En lugar de cambiar las reglas a mitad de camino, en momentos en que se está implementando el nuevo Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, el Estado debería fortalecer los programas de reinserción social en medio libre basados en evidencia, que ya muestran resultados concretos. Desde Corporación Opción, con más de tres décadas trabajando en protección de derechos de niños, niñas y adolescentes, lo afirmamos: menos giro punitivo y más rigor técnico es lo que Chile requiere para proteger, simultáneamente, a los adolescentes y a su ciudadanía.
Milagros Nehgme,
Directora Ejecutiva de Corporación Opción