Sala cuna: de un beneficio laboral a un derecho de la niñez
Señor Director:
El Senado declaró admisible una indicación que consagra el derecho a sala cuna en la niñez, y no en la condición laboral de quien la cuide. El cambio es relevante, ya que reconoce a los niños menores de dos años como sujetos de derecho que acceden a éste a través de sus padres o quien ejerza su cargo.
Este enfoque pone en el centro el valor pedagógico, entendiendo la sala cuna como el primer nivel educativo y como oportunidad de desarrollo temprano, y no solo como conciliación laboral. Así, ya no accederán solamente los menores cuyas madres trabajen en empresas con 20 o más trabajadoras, cerrando una brecha que hoy limita el acceso a la educación temprana.
Consagrarlo como derecho es coherente con el interés superior del niño y con la calidad educativa que la primera infancia merece. El proyecto pasa ahora a la Cámara de Diputados y espero que el debate sobre financiamiento no reste fuerza a este enfoque centrado en los niños.
María Luisa Salazar Preece
Directora de Pedagogía en Educación de Párvulos
Universidad del Desarrollo