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Rebaja de penas a abusadores sexuales de menores: un abandono de deberes del Estado
El Ministro de Justicia dio una pobre, precaria y mala excusa para omitir los deberes de protección que la Constitución, la Convención de derechos del niño y la razón le imponen a un Estado.
El llamado comportamiento carcelario sobresaliente nada significa para disminuir la peligrosidad de un abusador sexual de niños. Un abusador sexual traspasa las inhibiciones internas del sentimiento humano natural de proteger a otro ser humano débil, dependiente o desvalido. Un ciudadano respeta a un niño; un abusador sexual lo agrede, lo daña, lo destruye física y psíquicamente.
Un abusador sexual de niños, niñas o adolescentes traspasa las barreras de protección de la víctima y a pesar del resguardo familiar y social, logra acceder a ésta. No respeta tampoco a los cuidadores o garantes externos de la seguridad infantil, los aleja o actúa cuando no están.
Un abusador sexual infantil es peligroso porque planifica, simula, se encubre, genera circunstancias o se aprovecha de ellas para acceder a las víctimas (Farinatti y Biazus así lo describían en los ’90 y sin duda se aplica hasta hoy ).
Un abusador sexual infantil tiene conducta siempre reprochable, nunca sobresaliente, como primero lo declara una comisión administrativa y luego el gobierno lo legitima, al firmar los decretos que otorgan la rebaja de pena. Lo importante es siempre, por el contrario, dar seguridad a las víctimas, acrecentar sus resguardos y no liberar a quienes constituyen peligros para su seguridad, actuar a la altura de lo que la sociedad espera, con coherencia, no con contradicciones.
Así no se progresa. Así se involuciona.
Dar públicamente el pretexto que la Corte Suprema acoge recursos de amparo si se niega la rebaja de penas es el reconocimiento de que allí hay precisamente una vía de debate. El efecto relativo de una sentencia judicial permite debatir siempre el caso a caso y la jurisprudencia puede evolucionar o cambiar, y eso es lo que los decretos que otorgan las rebajas niegan como oportunidad para la defensa de la niñez. Se transgreden así todos los derechos fundamentales de las víctimas. Un Estado que actúa así, de manera unilateral y arbitraria, no ve ni escucha a las víctimas.
El Ministro de Justicia dio una pobre, precaria y mala excusa para omitir los deberes de protección que la Constitución, la Convención de derechos del niño y la razón le imponen a un Estado.
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