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Comisión Coimas determina responsabilidad política de Carlos Cruz

La comisión investigadora determinó otro tanto respecto del ex subsecretario de Transportes Patricio Tombolini y de los ex seremis de la Sexta Región Alfonso Ferrer y Lincoln Pérez. Sobre los diputados Jiménez, Pareto y Lagos estimó que se trató de un inaceptable método de fiscalización.


Dos meses y medio duró el trabajo de la comisión investigadora por el caso coimas, el que culminó pasadas las 19 horas de ayer, cuando por unanimidad los miembros de dicha instancia despacharon el informe a la sala de la Cámara de Diputados.



Este fue votado hoy y obtuvo 80 votos a favor, lo que implica que la Cámara, por unanimidad, respaldó la actuación del grupo investigador y sus conclusiones.



El texto ratifica la información publicada por El Mostrador.cl y establece responsabilidades políticas para el ex ministro del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, Carlos Cruz -actualmente detenido por el caso GATE-, y para el subsecretario de Transportes, Patricio Tombolini.



"Es innegable que existen antecedentes en la responsabilidad política de Carlos Cruz, que efectivamente podrían haber determinado presentar, con esos antecedentes, procedimientos de acusación constitucional", comentó el integrante de la comisión investigadora, Dario Molina (UDI).



Agregó que "es imposible que un ministro de Estado, con todos los hechos que ocurrieron, todas las irregularidades, todo el desorden administrativo y el colapso que estaba el sistema de concesiones de plantas de revisión técnica, no tuviera en absoluto conocimiento. Al menos habría omitido acciones para resolver esos problemas".



Asimismo, la comisión determinó que Tombolini y los ex seremis de Transportes de la Sexta Región Alfonso Ferrer y Lincoln Pérez, tienen responsabilidades de carácter administrativo y políticas. De hecho se constataron irregularidades, que se mantuvieron o se taparon durante largo tiempo.



Los seremis



En este sentido, la responsabilidad en las acciones anómalas en que incurrieron en la Sexta Región Ferrer y Pérez está constatada en un informe de Contraloría emitido el 19 de diciembre que se señala explícitamente estos hechos.



El diputado socialista Fidel Espinoza afirmó que "en uno de sus párrafos (el informe) señala que con la llegada del seremi actual, (Héctor) Irribarren, se pudo comenzar a operar un sistema de fiscalización que durante los dos períodos anteriores no fuer posible realizar debido a la sospechosas relaciones que existían entre esos seremis y cierto plantero de revisión técnica de la región".



En ese sentido, se determinó que el sistema de plantas de revisión técnica funciona caóticamente y que puede haber ayudado a la ocurrencia de otros hechos. Así se estableció que tiene problemas de juridicidad en su decreto, de no cumplimiento de normas de los seremis, de la subsecretaría y también de quien tenía la titularidad del ministerio en su momento.



La Cámara de Diputados no puede acusar constitucionalmente a Cruz porque ya pasaron los tres meses en que es posible realizar un juicio político contra un ex ministro de Estado.



El caso a caso de los diputados



La comisión determinó que todo lo que signifique la posible responsabilidad de los parlamentarios está en manos del tribunal, pero consideraron que "no hay duda que de parte de algunos de ellos hubo un abuso de lo que es la facultad fiscalizadora de la Cámara de Diputados", dijo Guillermo Ceroni (PPD) refiriéndose a la conducta de sus colegas desaforados Eduardo Lagos (PRSD) y los ex DC Jaime Jiménez y Cristian Pareto.



La comisión recomendó a la Corporación que reglamente en forma debida cómo los diputados en forma individual deben participar en la fiscalización, con el fin que el sistema sea más transparente y que cuando un parlamentario tenga pruebas las proporcione a la institución.



"En es ese sentido hemos rechazado la explicación que ellos dieron en términos de que estaban en un acto de fiscalización;
por el contrario, la comisión de forma unánime rechazó esa posición y también consideramos inaceptable esa explicación, no lo consideramos un acto de fiscalización y creemos que es cierto que muchas veces los actos de fiscalización colectivos de la cámara tiene un proceso preparatorio que es ejercido por diputados de manera individual o en grupo, pero lo que ellos hicieron no constituye un acto de fiscalización y forma parte de nuestro juicio en relación al comportamiento de los diputados", afirmó el diputado PPD, Patricio Hales.



Es más, el informe señala que la reunión que Jiménez, Pareto y Lagos tuvieron con el empresario de plantas de revisión técnica, Alejandro Denham, donde según los desaforados diputados utilizaron el sistema del cazabobos para comprobar que Tombolini recibía coimas de parte de los planteros, las versiones que entregaron los cuestionados parlamentarios a la comisión son contradictorias. "Al menos nos hacen decir que esas explicaciones nos parecen sospechosas del sentido que tuvo la reunión", afirmó Ceroni.



Distinto es el caso de los otros dos desaforados, el PPD Víctor Manuel Rebolledo y el PS Juan Pablo Letelier. De hecho, en lo que respecta a Rebolledo, se hizo la salvedad de que no era diputado en el momento de los hechos que lo involucran y que aparentemente tipifican un delito, por lo que la comisión no se pronunció de su conducta pues es parte de la investigación judicial.



Similar situación sucede con Juan Pablo Letelier, "porque no es lo suficientemente clara como para tener un pronunciamiento como corresponde", afirmó el presidente de la comisión, Arturo Longton.



Tras dar a conocer las principales conclusiones, Longton afirmó que ahora la Cámara de Diputados ya no volverá a ser la misma, pues deberán medirse en cuanto a las funciones que ejercen y tendrán que ser mucho más claros y transparentes si no lo han sido en su actuación pública. "Y también que la ciudadanía conozca que somos depositarios permanentes de peticiones que no se condicen con nuestra condición de parlamentarios, hay peticiones que son excesivas y no corresponden a lo que la propia constitución establece en su artículo 57 (inhabilidades)".



VEA EL INFORME COMPLETO DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA:



Indice



I. Acuerdo de la Honorable Cámara de Diputados



II. Relación del Trabajo desarrollado por la Comisión en el cumplimiento de su cometido



III. Listado detallado de la información recibida



IV. Régimen legal de las plantas de revisión técnica



V. Licitación de la Sexta Región



VI. Principios generales aplicables al Estado y sus organismos originados en la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, modificada por la ley N°19.653, de Probidad



VII. Ninguna autoridad puede dejar de responder por sus actos ante la ley



VIII. Exposiciones efectuadas por las personas invitadas por la comisión [Javier Etcheberrry, Guillermo Díaz y Alejandro Denham]



VIII. Exposiciones efectuadas por las personas invitadas por la comisión [Ximena Castillo, Eduardo Lagos y Cristián Pareto]



VIII. Exposiciones efectuadas por las personas invitadas por la comisión [José Miguel Insulza, Jaime Jiménez]



VIII. Exposiciones efectuadas por las personas invitadas por la comisión [Víctor Manuel Rebolledo, Lincoln Pérez, Héctor Iribarrren]



VIII. Exposiciones efectuadas por las personas invitadas por la comisión [Felipe Letelier, Ricardo Trincado, Patricio Pérez]



VIII. Exposiciones efectuadas por las personas invitadas por la comisión [Pedro Soto, Martín Garrido, Aníbal Pérez, Jacqueline Gárate]



VIII. Exposiciones efectuadas por las personas invitadas por la comisión [Juan Pablo Letelier y Patricio Tombolini]

IX. Conclusiones de la investigación y proposiciones de la comisión y los antecedentes que le sirven de fundamento (I)



IX. Conclusiones de la investigación y proposiciones de la comisión y los antecedentes que le sirven de fundamento (II)



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