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‘Rebaja en edad de responsabilidad penal podría quedar en letra muerta’

A la legisladora de Renovación Nacional le preocupa que, según los antecedentes que posee -en su mayoría, procedentes de documentos gubernamentales-, los recursos que se requieren para implementar este proyecto son tantos que, tal vez, nunca se haga como está planteado en el papel.


El proyecto que rebaja la responsabilidad penal juvenil, a objeto de que los adolescentes de entre 14 y 18 años sean sancionados por los delitos que cometen, ya es de larga data. Desde agosto del 2002 se está debatiendo la polémica iniciativa, cuya tramitación este año ha sido bastante accidentada. A pesar de todo pareciera que esta vez hay luz verde para que se convierta en ley, aunque no todos en el Congreso están muy optimistas al respecto. Una de ellas es la diputada de Renovación Nacional Pía Guzmán, quien advierte que si el Gobierno no entrega los recursos necesarios se convertirá en un "papel en blanco" y "va a generar una frustración gigantesca en la sociedad".





El Mostrador.cl conversó con la legisladora sobre sus aprensiones respecto de la iniciativa. Éstas van en la línea de que no está muy convencida que la autoridad, efectivamente, comprometa los recursos para que el proyecto sea aprobado e implementado de la forma como está planteado en teoría, pues para ello se requiere una cifra significativa -dice-. Así, a pesar de que está convencida que "este proyecto de ley es bueno", estima que "tal como está, sin las platas, es un papel en blanco, va a ser una frustración más o una promesa no cumplida. Un ejercicio intelectual frustrado".



Rodeada de documentos que respaldan su posición, la encontramos en su oficina distrital -ubicada en la comuna de Vitacura-. La acompaña su asesora legal, alerta por si a la diputada se le escapa algún detalle. Guzmán explica que, junto a la joven abogada, ha estudiado el tema en profundidad y que según su información, proveniente de documentos del Gobierno, la suma que se requiere para poner en marcha el proyecto es muy alta y plantea que nadie le ha asegurado a la comisión de Constitución de la Cámara, que ella integra en representación de su partido, que los recursos faltantes vayan a ser incluidos en presupuesto del 2005. Lo que es imprescindible para que se concrete, en la práctica, la iniciativa.



Estudio con más calma



Por otra parte, haciendo mérito a su fama de "matea", demuestra que ha estudiado todas las aristas de la iniciativa. Tanto, que ante la posibilidad que el proyecto sea aprobado a fin de año -si como ha planteado el senador Alberto Espina, presidente de la comisión de Constitución de la Cámara Alta, el Gobierno otorga los recursos faltantes-, la diputada no titubea en expresar que " preferiría que la estudiaran con un poco más de calma".



¿Por qué? ¿Qué le provoca reparos?
Creo que es una legislación bastante adelantada, pero que tiene -en algunos temas- problemas de interpretación que podrían generar conflicto. Por ejemplo, entendemos que el rol del juez es de una gran discrecionalidad en la aplicación de las sanciones.



¿Cómo así?
Por ejemplo, las sanciones no pueden ir más allá de cinco años, pero qué es lo que sucede si hay una violación, el juez puede mandar al menor a un régimen semi cerrado, en el cual está durante el día en uno de los organismos colaboradores del Sename, terminando sus estudios, y en la noche se va a su casa. O, en un régimen cerrado. Pero eso queda a la discrecionalidad del juez.



"Este tema de la discrecionalidad en la aplicación de las sanciones se desarrolló con mucha fuerza durante los años ’80 en Estados Unidos y ya en la década pasada se dieron cuenta que no resultaba y que el juez necesitaba una orientación un poquito más rígida para la aplicación de las sanciones, que es la que tiene el Código Penal. O sea, la violación implica una pena que va de cinco años y un día a diez años, etc. Y en ese margen se mueve. Entonces, la excesiva discrecionalidad puede convertir al juez en una persona que puede generarse conflictos dentro de la sociedad. En Estados Unidos se volvió atrás y se asocia delitos con penas, no se hace aquí".



A juicio de la legisladora, en el proyecto no se condice la discrecionalidad del juez en la aplicación de la pena con la rigidez de los procedimientos. De allí la necesidad de que se realice un debate más profundo, señala, con el fin de subsanar situaciones como la mencionada.



La pulsera preventiva



Por otra parte, explica, la normativa contempla una serie de medidas cautelares -prohibición de salir de un ámbito territorial; prohibición de asistir a determinadas reuniones, recintos, espectáculos públicos o determinados lugares; prohibición de aproximarse al ofendido o a su familia; y, arresto domiciliario-, lo que en su opinión es un aspecto "básico" a estudiar en profundidad.



Esto, porque sumadas a las sanciones que se contemplan en el artículo 18, como son la prestación de servicios a la comunidad, libertad asistida y arrestos de fin de semana -permanecer en su domicilio el fin de semana-, requieren de importantes recursos para hacerlas efectivas. De lo contrario, ¿cómo se controlan?, ¿Se va a poner un carabinero de punto fijo para que efectivamente se cumpla la sanción?, pregunta.



Entonces ¿Cuánto le costaría al Estado que se cumplan las medidas cautelares?
Ese es el punto, que esto es letra muerta. Así como actualmente la Reforma Procesal Penal contempla estas medidas cautelares, cuando se trata, por ejemplo, de una mujer maltratada y el marido tiene prohibición de acercarse a su casa y qué pasó, se tiene que poner un carabinero de punto para que resguarde la casa. Un carabinero que tendría que estar en la calle.



¿Cuál es la alternativa?
La alternativa es la que se utiliza en muchos países como Alemania, Francia, Estados Unidos. Es una pulsera electrónica que se pone en el tobillo, se tapa con el pantalón, nadie sabe que está ahí, pero si el menor sale de su casa el sábado en la noche, a pesar del arresto domiciliario, esta pulsera comienza a sonar en una central de alarma que avisa a Gendarmería o a la institución que esté encargada de su vigilancia y lo van a buscar.



En el debate del proyecto ¿Surgió esta posibilidad?
Por supuesto, yo la he repetido mil veces y se lo he dicho al ministro de Justicia muchas veces. Tanto es así que con Ignacio Walker -cuando era diputado- fuimos donde el ministro José Antonio Gómez, en ese minuto, y le hicimos una demostración. Le mostramos cómo funcionaba y le dijimos, además, si usted toma aproximadamente unos mil reclusos, que son los que hoy están en la cárcel de Valparaíso, y les instala este mecanismo, por cada persona va a gastar cinco dólares, mientras que teniéndolo en la cárcel gasta once dólares diarios.



¿Qué es lo que cuesta cinco dólares, el aparato?
Todo, el aparato y la mantención, todo.



¿Qué beneficios traería este sistema, considerando que también se podría argumentar que con él se estigmatiza a quienes porten la pulsera?
Primero que todo, el nuevo procedimiento es público, o sea que se sabe que este personaje que está bajo arresto domiciliario está siendo juzgado. Por lo tanto, el control vía la ‘pulsera’ da lo mismo. Pero, lo segundo, es que le permite al Estado un ahorro fundamental casi del 50 por ciento, o más, dependiendo de las personas que estén en esta situación.



¿Cómo actúa este mecanismo sobre la rehabilitación?
No conozco ningún estudio al respecto, pero me parece que el sólo sentido común de pensar que esa persona puede mantener su trabajo, si es que lo tiene; puede estar en su hogar con su familia, que es un elemento de contención del delito muy importante, al final también termina sirviendo como elemento de prevención del delito.



¿Por qué cree usted que esta idea no prosperó en el Gobierno
Yo creo que hay un tema ideológico y un tema económico. El ideológico es el que tú me señalabas, ¡cómo una persona va a andar con una pulsera por la calle!, lo van a estigmatizar, etc. Pero creo que no han entrado, fundamentalmente, a pensar en el valor que esto puede tener. Lo ven como algo muy lejano a nuestra realidad. Y el otro es el tema económico, porque obviamente implica un gasto mayor en la Reforma Procesal Penal y en la rebaja de la responsabilidad penal de los menores de edad. Pero lo que yo digo, es que si eso no se aplica o no se aplica otra forma de control, queda en letra muerta la aplicación de las medidas cautelares.



"O sea, va a pasar lo que pasó en Arica con el narcotraficante que pillaron con 27 kilos de droga y el juez de garantía lo dejó en libertad, porque él dijo quien era la persona a la cual iba destinada, y cuando lo llamaron para un nuevo juicio, había desaparecido. Si ese juez de garantía pudiera haber aplicado una medida como ésta y pudiera haber controlado al procesado, las cosas habrían sido diferentes".



Subvención de agentes colaboradores



A la diputada le preocupa también sobre manera el aumento de menores que van a ingresar al sistema justicia criminal cuando la iniciativa de rebaja de la responsabilidad penal para este segmento sea aprobada. Según los datos de Paz Ciudadana con los que cuenta, sólo entre los años 1999 y 2003 se incrementó en un 47 por ciento la delincuencia juvenil. Así en el 2003 habían 22.267 menores de 18 años que habían cometido algún delito.



Incremento que a juicio de la legisladora será aún mayor cuando la ley permita procesar a los menores a partir de los 14 años. De allí, señala, la importancia de contar con los recursos necesarios para aplicar la normativa en todos sus aspectos. Porque, añade, "sólo para comenzar a conversar, en materia de infraestractura se requieren 6.747.600 millones de pesos". Su preocupación es que si a esta cifra se le agrega todo lo necesario para cumplir con sanciones que no contemplan el permanecer en los recintos del Sename, como las mencionadas medidas cautelares, el presupuesto aumenta significativamente.



Para que las medidas cautelares se puedan concretar existen, en principio, dos posibilidades. Por un lado que el Sename forme un departamento con profesionales ad hoc para que asuman la responsabilidad de actuar como delegados de libertad asistida, o bien, que como lo hace en determinados casos el Sename trabaje con agentes colaboradores.



Sin embargo, para esto último -según precisó la diputada- hace más de cinco años que la Comisión de Hacienda del Senado estudia un proyecto de ley que eleva la subvención a estos organismos. "Esa ley fue objeto de una indicación sustitutiva que aún no se resuelve y lo que hemos peleado a muerte, en la comisión, es que esta ley de responsabilidad penal no puede salir sin que salga la otra. Porque no sólo la libertad asistida, sino otros elementos requieren de estos organismos. Entonces, no sólo la libertad asistida requiere de recursos, que no sabemos cuánto es. También están los programas de intervención ambulatoria, que son los programas de antidrogas, antialcohol y otros que requiera el joven para rehabilitarse".



Todo- aclara- sin mencionar la exigencia que hace la ley para que tanto los abogados de la Defensoría Penal como de la Fiscalía y jueces se especialicen en justicia criminal adolescente.



Acuerdo reparatorio



Pese a todos sus reparos y a que podría ser mejor, Pía Guzmán estima que el proyecto es bueno porque busca la rehabilitación del adolescente y también hacerlo responsable de sus actos, que -a su juicio- son dos cosas que parecen contrapuestas pero tienen que ir englobadas en este nuevo tipo de juicio. Asimismo, subraya que esta justicia debe ser "especialísima" tratándose de personas cuya formación no está terminada y que todavía se puede moldear.



Bajo esta premisa y a través de una indicación de la diputada se elaboró una norma que tiene su base en el sistema de "justicia restaurativa", que se aplica en varios países del mundo y que ha sido "muy exitosa", incluso -dice- se han cerrado cárceles -como en Nueva Zelanda-.



El mecanismo consiste en una fórmula en que más que fiscal hay una especie de mediador, una persona que acompaña al joven que ha delinquido con la víctima y, en caso que ellos quieran, les permite conocerse y conversar. Así, el victimario explica qué lo motivó a cometer el delito y la víctima le dice cómo se sintió al ser objeto de él, el miedo que sintió, la impotencia, la rabia, etc. De lo que se trata -explica Guzmán- es que se pongan de acuerdo en una forma de reparación que no sea necesariamente cumplir una pena. Por ejemplo, en el caso de un hurto, que el joven vaya y le trabaje uno o dos días a la semana, arreglándole el jardín al afectado.



¿Cuál es la finalidad de este mecanismo?
La persona se siente retribuida y el joven siente que se hace responsable. Porque qué es lo que sucede con el sistema actual, que llega a la justicia, pero el joven no siente que haya hecho algo malo, en general, no siente la responsabilidad por el daño causado. Entonces, este sistema de justicia busca que el joven se haga cargo del daño causado y la víctima, a la que muchas veces no le interesa que vaya a la cárcel -salvo delitos muy mayores- se sienta reparada de alguna manera, llegando a un acuerdo. Ese acuerdo llega al juez y si él encuentra que está bien hecho, lo acepta. Muchas veces también participan abogados y los familiares del menor que también se hacen responsables de colaborar en que éste cumpla. Entonces, se incorpora la familia al cumplimiento de este castigo que se impone él mismo.



¿Cuáles han sido los resultados en los países que se aplica este sistema?
En los países anglosajones donde se ha utilizado este sistema -Nueva Zelanda, Australia, Inglaterra y Estados Unidos, entre otros-, los niveles de reincidencia son realmente bajísimos.



¿Qué pasó con esta indicación, encontró eco?
A todo el mundo le gustaba, algunos lo conocían otros no, pero encontraron que era difícil de aplicar todavía en una mentalidad como la chilena, además estaba muy metido el tema de que la víctima no es lo más importante, sino que el daño se le hace a la sociedad. Nosotros todavía pensamos en el daño a la sociedad y le damos poca importancia a la víctima. Entonces, entendiendo eso, se pensó que lo mejor era ponerlo en lo que se llama un acuerdo reparatorio. La forma de terminar un juicio a través de un acuerdo reparatorio, con algunas características de concepto de justicia restaurativa.



Aunque no pudo cumplir su cometido de intentar introducir en nuestro país el sistema de "justicia restaurativa" no le fue tan mal, ya que al proyecto se incorporó el "acuerdo reparatorio" como una norma en el procedimiento.



Respecto del menor que cometió el delito ¿Qué provoca el sistema de justicia restaurativa?
Contribuye a lo que es más importante en la rehabilitación que es la formación del menor. Es formativo.



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