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Absuelven por estafa a dos personas a dueños de financiera Eurolatina

Adriana González y Eduardo Faúndez habían recurrido contra los hermanos Marcos y Pedro Elgueta por hechos acaecidos hace más de nueve años.


El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Juan Cristóbal Mera Muñoz determinó la absolución de los hermanos Marcos y Pedro Elgueta Cárcamo acusados del delito de estafa en el marco de la investigación del denominado caso Eurolatina.



El magistrado determinó que los hermanos no son responsables del delito en contra de Adriana del Carmen González González y Eduardo Delfín Faúndez Quezada ocurrida en Santiago el 30 de diciembre de 1998.



"Que en concepto del juez infrascrito, no existe en autos ninguna forma de engaño que permita concluir que los acusados han desplegado una conducta adecuada al tipo básico de la estafa o a cualquier otra forma de comisión de este ilícito. En efecto, Eurolatina S.A. es una persona jurídica legalmente constituida dedicada al lícito giro de prestar dinero a interés", indica el fallo.



"Tampoco hay engaño por el hecho de haber suscrito la escritura de hipoteca de calle Rapa Nui en La Florida, pues tampoco es excusa el hecho de no tener mayor educación: simplemente se firmó voluntariamente, engañados o no por Rubio Díaz -ello es materia de otro juicio-, los referidos documentos y el hecho de haber quedado en mora y la posterior ejecución de la hipoteca por parte de los querellados no puede llevar, de ninguna manera, a entender que han desplegado una conducta engañosa. (…) No existe ni una simulación ni una disimulación. Luego, no hay estafa. Y, ya está dicho, sobre la moralidad del acto este tribunal nada tiene que decir", agrega la resolución.



Añade que: "El Derecho no se agota en el Derecho Penal y, desde luego, esta rama del Derecho no permite solucionar el conflicto que se conoce sub lite, el que pudo abordarse desde la óptica del Derecho Civil o Comercial. Y, claro, no es aplicable el derecho penal a la especie porque, digámoslo una vez más, es completamente imposible configurar un engaño por parte de los querellados, que haya llevado a error a los querellantes y al consecuente desplazamiento patrimonial".



El 30 de julio de 2007, la Segunda Sala de la Corte Suprema ya había absuelto a los hermanos Marcos y Pedro Elgueta Cárcamo del delito de estafa esta vez en contra de Joel Benavides Morales, sentencia que también es recogida por el ministro Mera en su resolución.

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