Publicidad

Chahuán (RN) pide urgencia a proyecto que regula publicidad de alcoholes

El texto legal establece que los envases o etiquetas de cualquier bebida alcohólica cuya graduación sea igual o mayor a un grado, deberán llevar una advertencia sobre consumo excesivo y/o los modos de beber sin riesgo.


Un llamado a la Presidenta de la República a poner urgencia al proyecto de ley que regula la venta y publicidad de alcoholes hizo el diputado Francisco Chahuán (RN), iniciativa que actualmente se encuentra en el Senado cumpliendo su segundo trámite constitucional.



El parlamentario dijo que cuando «estamos ad portas de Fiesta Patrias y se echa de menos una acción global del gobierno para prevenir el consumo desmedido de alcohol pues, si bien por un lado se ha incluido el tratamiento para el alcoholismo en el Auge, por otra no se aborda con decisión otro tipo de iniciativas que apuntan a la ingesta responsable».



El legislador recordó que en esta época del año aumenta el consumo de bebidas alcohólicas, lo que incide directamente en los accidentes de tránsito. Asimismo, subrayó que «el 40% de éstos se deben hoy día al exceso de velocidad o al alcohol, por lo tanto hay que hacer un llamado a manejar con prudencia y a no beber alcohol si vamos a conducir».



El texto legal establece que los envases o etiquetas de cualquier bebida alcohólica cuya graduación sea igual o mayor a un grado, deberán llevar una advertencia sobre consumo excesivo y/o los modos de beber sin riesgo.



La recomendación ocupará un 25% de la superficie total de la etiqueta, y deberá ser diseñada y establecida por el Ministerio de Salud. En el caso de productos importados, deberá ser adherida de manera que no pueda ser despegada fácilmente.



Esta advertencia se incluirá también en toda acción gráfica inserta en diarios, revistas o en algún otro medio de comunicación, en un recuadro que abarque al menos el 15% de la superficie total del aviso.



En el caso de la publicidad audiovisual, se proyectará después del comercial, y por un lapso no inferior a tres segundos, un recuadro con la advertencia, que abarque la totalidad de la pantalla. Del mismo modo en los avisos radiales, se reproducirá a continuación del mensaje publicitario, por al menos tres segundos.



Asimismo, no se podrá hacer publicidad de bebidas alcohólicas en calles y carreteras. La publicidad en televisión sólo podrá realizarse entre las 23 y las 6:00 horas.



Prohíbe además la publicidad, directa o indirecta en radios, entre las 16 y las 18 horas. De la misma forma, se prohíbe cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta en actividades deportivas. También se prohíbe la publicidad destinada a menores de edad y el expendio de bebidas alcohólicas en locales donde se comercialicen combustibles y en locales incluidos o adheridos a ellos.

Publicidad

Tendencias