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Corte de Apelaciones confirma que SII debe entegar información en caso Johnson’s

Corte de Apelaciones confirma que SII debe entegar información en caso Johnson’s

La resolución determina que la información tributaria no se encuentra sujeta al secreto tributario, ya que no afecta a ningún contribuyente.


La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de reclamación en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia —CPLT—, que ordenó entregar a un particular información tributaria del denominado caso Johnson’s.

En fallo unánime, las ministras María Soleda Melo, María Rosa Kittsteiner y el abogado integrante Ángel Cruchaga, ratificaron la determinación de CPLT que ordenó entregar antecedentes relativos a la condonación de impuestos de la empresa a Daniel Vásquez Medina.

La resolución determina que la información tributaria no se encuentra sujeta al secreto tributario, ya que no afecta a ningún contribuyente.

“Que el secreto tributario está establecido en beneficio de los contribuyentes, y en el presente caso, quien recurre de ilegalidad no reviste esa calidad, siendo en todo caso el secreto una norma de excepción, ya que lo normal es que las informaciones requeridas sean proporcionadas”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “El acceso solicitado dice relación con la condonación de una deuda tributaria a una empresa que no se ha opuesto a la solicitud de un particular, y no implica acceso a las rentas del contribuyente, su monto, origen, ingresos ni gastos, por lo que no se divisa cómo podría estar revestida de secreto, más aún si la operación en cuestión tuvo amplia difusión por los medios de comunicación, por lo que el hecho en sí mismo es de público conocimiento”.

“En consecuencia en este caso prima el derecho a la información, no existe vulneración al artículo 8° de la Constitución Política, y no hay bienes jurídicos protegidos que puedan ser afectados, por lo que la decisión de la recurrida no está afecta a ilegalidad de ningún tipo”, concluye.

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