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Luis Larraín trata de dar vuelta la tortilla en el Pentagate y habla de persecución política a la UDI y sus grupos económicos afines Director de Libertad y Desarrollo recuerda caso Publicam

Luis Larraín trata de dar vuelta la tortilla en el Pentagate y habla de persecución política a la UDI y sus grupos económicos afines

“Si extendemos este razonamiento a presuntas boletas de honorarios de personas que habrían trabajado en campañas políticas y fueron financiados por empresas, ¿será este caso, que favorecería principalmente a campañas de la UDI, el único que se ha producido en el largo periodo en que no existía una legislación acerca del financiamiento de campañas políticas y en los años posteriores”, argumenta Larraín.


El director de Libertad y Desarrollo, Luis Larraín, se apega a la teoría del empate en el caso Pentagate, hablando de persecución política contra la Unión Demócrata Independiente (UDI) como a sus grupos económicos afines y recuerda el caso Publicam, en el cual se vio involucrado el senador del PPD, Guido Girardi.

En su columna en El Mercurio, Larraín explica que producto del caso Penta “muchos han inquirido acerca de la ética y la estética de las actuaciones de los dueños de dichas empresas (Penta)”.

En ese sentido, sostiene que “hay una cuestión que a nuestro juicio es más importante que esa desde el punto de vista de la vigencia del estado de derecho en Chile: ¿cómo ha sido la actuación de las instituciones públicas en este caso?”.

Y se pregunta si “¿las acciones del Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos en este caso siguen las pautas de situaciones similares producidas en nuestro país en el último tiempo, o responden a un tratamiento especial diseñado para estos empresarios y para la UDI?”.

El director de Libertad y Desarrollo explica que existen fundamentos para plantear tal interrogante y cuyos alcances son extraordinariamente serios, ya que “de demostrarse que instituciones públicas de la trascendencia del Ministerio Público o el Servicio de Impuestos Internos están siendo utilizadas políticamente para hostigar a los adversarios, estaríamos ante una situación mucho más grave que todas las que se han planteado hasta ahora en relación al financiamiento de la actividad política”.

En ese sentido, sostiene que la actividad política requiere recursos económicos para desarrollarse y que desde el 2003, en el contexto de las negociaciones postescándalo MOP-Gate, se aprobó una legislación sobre financiamiento electoral que se completó en 2004 y “esto fue el fruto de un acuerdo político entre el Gobierno de Lagos y la oposición de la época, liderada por el entonces Presidente de la UDI, Pablo Longueira”.

Antes de esa fecha, entonces, la totalidad del financiamiento de la actividad política se realizaba al margen de una legislación especial, presumiblemente a través de aportes de personas naturales y empresas. Con posterioridad a los años 2003 y 2004 y dado que las normas sobre financiamiento establecieron límites cuantitativos a los aportes, seguramente una parte del financiamiento de la política continuó realizándose mediante aportes de personas y empresas a campañas y partidos”, sostiene.

Sin embargo, se pregunta si “¿el Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos han aplicado la misma vara del caso Penta a otras situaciones similares que con toda seguridad se han presentado en el pasado?”.

Ante esta interrogante, Larraín responde que “de los pocos casos que tuvieron notoriedad pública se recuerda el de la empresa Publicam, que fue acusada de falsificar facturas que consignaban gastos utilizados en la campaña del Senador Guido Girardi, entre otros. El Senador no recibió sanciones por ese caso, en el cual de partida había una imputación más grave, cual es la falsificación de facturas”.

En ese sentido, añade que se ha cuestionado la existencia de boletas de honorarios de las cónyuges de los propietarios de Penta y “por lo que se conoce de los procedimientos habituales del SII, cuando se objeta un gasto por considerarse que no es necesario para producir la renta, el Servicio realiza un giro a la empresa recargando el 35% correspondiente a gastos rechazados. La pregunta aquí es: ¿cuántos de estos casos ha sido objeto de una denuncia de carácter penal?”.

Si extendemos este razonamiento a presuntas boletas de honorarios de personas que habrían trabajado en campañas políticas y fueron financiados por empresas, ¿será este caso, que favorecería principalmente a campañas de la UDI, el único que se ha producido en el largo periodo en que no existía una legislación acerca del financiamiento de campañas políticas y en los años posteriores”, arguye Larraín.

Y finaliza sosteniendo que tanto el Ministerio Público como el SII debieran demostrar que el “celo que muestran en la persecución de supuestos delitos de carácter penal en este caso es el mismo que han exhibido siempre para miles de situaciones similares que con seguridad han debido producirse en Chile en los últimos años. Si no lo hacen, esto huele a persecución política».

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