Publicidad
Aborto: el programa de acompañamiento que enfrenta al Sernam y Alvear Iniciativa será votada el jueves en la Sala de la Cámara

Aborto: el programa de acompañamiento que enfrenta al Sernam y Alvear

«Es mucho más que la entrega de información», respondió Claudia Pascual a las críticas que esgrimió ayer la DC Soledad Alvear al proyecto de acompañamiento del Ejecutivo, incluido dentro de la iniciativa que despenaliza el aborto en tres causales.


«Esta no es una sofisticación, una elaboración espacial o venida de otro planeta, ni siquiera de otros países: es hecha por médicos chilenos que actualmente están haciendo acompañamiento», dijo ayer Soledad Alvear sobre el plan de acompañamiento integrado al proyecto por el Ejecutivo que despenaliza el aborto en tres causales, a instancias de la Democracia Cristiana.

La ministra del Sernam, Claudia Pascual, defendió el plan de acompañamiento del Gobierno y respondió a Alvear asegurando que “es mucho más que la entrega de una información con respecto a en qué consiste la garantía de la prestación de salud».

Estos son los principales puntos que enfrentan a la ex senadora con el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam).

El prestador de salud deberá entregarle a la mujer información verbal y escrita sobre las alternativas a la interrupción del embarazo, incluyendo las de programas de apoyo social, económico y de adopción disponibles.

“También se le ofrecerá a la mujer acompañamiento, tanto en su proceso de discernimiento, como durante el período siguiente a la toma de decisión, el cual incluye el tiempo posterior al parto o a la interrupción del embarazo, según sea el caso. Este acompañamiento incluirá acciones de acogida y apoyo biopsicosocial ante la confirmación del diagnóstico y en cualquier otro momento de este proceso”.

Si la mujer decide continuar su embarazo, además del apoyo ya descrito, se le entregará información pertinente a la condición de salud y activación de redes de apoyo. El acompañamiento solo podrá realizarse en la medida que la mujer lo autorice.

Además deberá entregarse la información completa y objetiva a las mujeres que quieran presentar una denuncia, sin influir en su voluntad. El prestador de salud deberá asegurarse de que la mujer comprenda todas las alternativas que tiene frente a la interrupción del embarazo y que no sufra coacción de ningún tipo en su decisión.

El prestador de salud deberá, asimismo, proporcionarle a la mujer los cuidados paliativos que el caso exija, tanto en el caso del parto como en el de interrupción del embarazo.

Estos deberes se cumplirán mediante las prestaciones vigentes al momento de la atención en el programa de apoyo al desarrollo biopsicosocial del Sistema Chile Crece Contigo.

La mujer también podrá reclamar en una instancia regulada en la ley, en caso de que el acompañamiento no sea ofrecido en los términos que la misma indica. El prestador de salud deberá responder en un plazo de cinco días y adoptar las medidas necesarias para corregir las irregularidades reclamadas, también dentro de cinco días hábiles.

Si la mujer además presentase un reclamo ante la Superintendencia de Salud, cuando ello sea procedente, esta resolverá el reclamo y podrá recomendar la adopción de medidas correctivas de las irregularidades detectadas dentro de un plazo no superior a 30 días corridos.

Publicidad

Tendencias