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Revés para Oviedo: Corte Suprema rechaza recurso de amparo y ordena que siga en prisión preventiva PAÍS Crédito: Agencia Uno

Revés para Oviedo: Corte Suprema rechaza recurso de amparo y ordena que siga en prisión preventiva

La decisión fue adoptada tras una votación de cinco votos contra uno. La defensa del general (r) había dicho que la detención fue ilegal y arbitraria [ACTUALIZADA]


La defensa del general (r) Humberto Oviedo, procesado por malversación de fondos públicos por más de 4.500 millones de pesos, terminó ayer con los alegatos presentados a la Corte Suprema, con el fin de lograr que su cliente lograra la libertad, presentando dos recursos de amparo.

Para argumentar estos recursos, la defensa acusó que la detención, que ordenó la ministra en visita Romy Rutherford, a la que fue sometido fue arbitraria e ilegal, como lo explicó Gonzalo Rodríguez, abogado defensor de Oviedo: «solicité que se decretara la inmediata libertad de mi representado. La causa completa en contra de él se encuentra suspendida, ha sido reiterado cuatro veces a la señora ministra».

Sin embargo, durante la mañana de este miércoles Oviedo y su defensa sufrieron un revés, ya que la Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de amparo.

La decisión fue adoptada tras una votación de cinco votos contra uno, y de este modo, se descartó la solicitud revocar la prisión preventiva que el ex general en retiro cumple desde el pasado 25 de junio en el Regimiento de Policía Militar de Peñalolén.

Estos mismos recursos ya habían sido rechazados el pasado viernes por la Corte Marcial, por lo que Oviedo se mantendrá con la medida cautelar y por el momento las investigaciones continuarán su curso.

En la resolución de hoy, votaron por rechazar los amparos los ministros Carlos Künsemüller, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Mauricio Silva Cancino y el abogado integrante Jorge Lagos. Mientras, el auditor general del Ejército Rodrigo Sandoval se pronunció por acogerlos.

Espaldarazo a Rutherford

La sentencia cuestiona la pertinencia de la vía judicial de los amparos presentados, señalando que “esta Sala Penal ha sostenido, en reiteradas sentencias, que la acción constitucional de amparo no tiene por objeto enmendar o corregir eventuales vicios o defectos producidos en la tramitación de un procedimiento judicial».

Asimismo, da un claro espaldarazo al accionar de la ministra Romy Rutherford, al plantear que descarta el actuar ilegal y arbitrario, como argumenta la defensa del exjefe uniformado.

En este punto, la Sala Penal también alude a la controversia con el Tribunal Constitucional, donde la defensa de Oviedo recurrió para paralizar la causa, y señala que la ministra Rutherford no cometió infracciones al avanzar con las diligencias.

“Dados los términos de la resolución aclaratoria del Tribunal Constitucional, cuya copia rola a fojas 350 y siguientes, que según su propio tenor literal, rige ‘en lo sucesivo’, esto es ‘en el tiempo que ha de seguir al momento en que se está’, y que sin duda no se habría pronunciado de haber estado claro su sentido y alcance desde el día 9 de enero de 2019, la señorita Ministra en Visita Extraordinaria pudo razonablemente comprender, sin infringir ni la Constitución ni la ley, que la suspensión del procedimiento tenía carácter parcial y no total, lo que se vio refrendado por lo expuesto por el señor Ministro en Visita Extraordinaria (s), don Juan Manuel Muñoz Pardo, en resolución de 11 de enero del año en curso», indica la resolución.

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