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Corte rechaza recurso que buscaba rectificación del infame titular “Exterminados como ratones” PAÍS

Corte rechaza recurso que buscaba rectificación del infame titular “Exterminados como ratones”

Si bien La Segunda ha realizado dos publicaciones en forma de rectificación, la recurrente estima que se trata de un gesto que no es suficiente. Ahora, tras la decisión en fallo dividido de la Sexta Sala del Corte de Apelaciones de Santiago, apelará ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema y no descarta acudir al Sistema Interamericano de Justicia.


En fallo dividido, la Sexta Sala del Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso presentado para que el diario La Segunda del Grupo Edwards se rectificara del titular “Exterminados como ratones”, publicado el 24 de julio de 1975 para dar cuenta del exterminio de militantes del MIR fuera del país.

El recurso fue presentado por Viviana Uribe, a favor de su hermana Bárbara Uribe Tamblay, detenida desaparecida por agentes de la DINA en 1974, luego de enviar junto a su abogado Nelson Caucoto una carta al director del diario La Segunda, en octubre de 2019, para que el medio emitiera disculpas públicas y rectificara el titular en cuestión.

Si bien el vespertino procedió a realizar dos publicaciones en forma de rectificación, el abogado Francisco Bustos, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, se trata de un gesto que no es suficiente. “Creemos que si bien eso es valioso, queremos que también se rectifique el titular, y no estamos hablando de cualquier titular. Es probablemente el titular más ofensivo e infame de la dictadura por lo que requiere un tratamiento especial, y eso es lo que estimamos que no está cumplido”.

Sin embargo, la Sexta Sala del tribunal de alzada capitalino, con los votos de las ministras María Rosa Kittsteiner Gentile y Gloria Solís Romero resolvieron rechazar el recurso dando cuenta en sus considerandos que “habiéndose efectuado la rectificación solicitada, incluso de forma más destacada que aquella del año 1975, toda vez que su publicación lo fue en las páginas centrales de la edición del 12 de noviembre de 2019, sumando a ello la misma publicación en la página web Emol de la misma fecha, esta Corte estima que se ha cumplido a cabalidad el objetivo perseguido, sin que dicha rectificación debiera hacerse completa en su portada como pretende la recurrente, toda vez que ésta, corresponde a una breve reseña de la noticia de sus páginas interiores”.

En tanto, el voto de minoría fue pronunciado por la magistrada Jessica González, quien estuvo por acoger el recurso considerando que  “el artículo 19 N° 12 de la Carta Fundamental, obliga al medio periodístico a practicar una “rectificación”, la información que se entrega debe así indicarlo y, en el caso de autos, debía incluirse en la portada y en páginas interiores, pues así apareció en la edición del 25 de julio de 1975. En consecuencia, la recurrida debió informar al público que se estaba enmendando -por esa vía- una noticia absolutamente falsa y ofensiva, lo que solo se cumple realizándola en los mismos términos de la noticia original, tanto en visibilidad como en extensión, por cuanto con ello se cumple la solicitud de quienes se sienten perjudicados o afectados con la publicación periodística emanada de un medio de comunicación social».

Tras la decisión del tribunal de alzada, la recurrente apelará del fallo ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema y no descarta acudir al Sistema Interamericano de Justicia.

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