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¿Convención constitucional transparente? Opinión

¿Convención constitucional transparente?

La participación y la transparencia exigen que los ciudadanos y las ciudadanas estemos atentos(as), vigilantes y aprovechemos los espacios de interacción que se generen con los constituyentes. También que tomemos conciencia, con responsabilidad, de que el quórum de 2/3 para lograr consensos implicará ciertas renuncias, y que probablemente el texto que emane del trabajo de la Convención no será la Constitución ideal que cada uno de los autores de esta columna tiene en mente, ni la del lector, ni de la que cada convencional haya propuesto en su campaña, si no la ponderación democrática de la de todas y todos los que participemos en la votación de los convencionales. Sin embargo, el proceso y las formas serán claves para generar ese pacto común que nos organice para los años que vienen y que sintamos como propio.


El proceso constituyente que vive el país en la actualidad se desencadena por una multiplicidad de factores, entre demandas materiales por mejores niveles de vida –o al menos mayor equidad en el acceso a servicios y derechos sociales–, hasta un problema mucho más abstracto de legitimidad y confianza entre gobernantes y gobernados. Difícilmente, por sí solo, el trabajo de una eventual convención constituyente, mixta o con 100% de sus miembros electos, pueda sortear la desconfianza ciudadana que afecta a casi todas las instituciones.

En el debate público y en privado existen argumentos que pretenden atenuar los grados de transparencia del funcionamiento de una convención constituyente. Yash Ghai, en una publicación del 2006, señala que ciertos espacios de opacidad pueden facilitar alcanzar consensos, pues los convencionales podrían no tener que responder a las expectativas de sus partidarios, actuando con mayor libertad en las negociaciones.

La reserva en el funcionamiento de las instituciones públicas ha sido sostenida en la historia de la democracia bajo los argumentos de la necesidad de imponer la razón de Estado frente a ciertas decisiones, o bien por quienes apelan a la necesidad de impedir que se ejerzan influencias o presiones indebidas en los tomadores de decisión. Sin ir más lejos, el pasado marzo se planteó en el debate público la idea de que las votaciones de la convención fueran reservadas por seis meses, precisamente para evitar presiones o conflictos de intereses de los convencionales.

Lo cierto es que la experiencia ha demostrado que, con o sin transparencia, quienes toman decisiones en el ámbito público siempre pueden verse expuestos a presiones de grupos de interés, o a sus propios intereses particulares, y que las normas de transparencia lo que buscan es, precisamente, que esas presiones o conflictos de intereses se procesen sin generar desconfianza por parte de la ciudadanía ni dudas en la legitimidad de las decisiones y que finalmente lo que prime sea el bien común y no intereses particulares.

Precisamente en los últimos años nuestro país ha avanzado en este camino, con la Ley de Transparencia, Ley de Lobby y de Probidad Pública –las que lamentablemente han tenido un déficit de implementación y exigibilidad en el Congreso–.  En ese sentido es clave la transparencia no solo del actuar de los convencionales, sino también de quienes se relacionen con ellos y pretendan influir –de modo legítimo– en sus decisiones, tales como centros de estudios, gremios, entre otros.

La desconfianza en Chile es un tema crucial, sin embargo, podría no ser una fuente de ilegitimidad del proceso constituyente si la convención trabaja con los máximos niveles posibles de transparencia, procurando a su vez la eficiencia y un adecuado debate. La transmisión de sesiones del pleno, asistencia a sesiones de comisión de la sociedad civil y la prensa, la publicación oportuna de actas de sesiones de comisión y de la actividad de la convención, o la publicidad de los fundamentos de las decisiones adoptadas por los constitucionales son estándares mínimos de funcionamiento, a los que deberán agregarse otros que doten al proceso de un cariz participativo, explorados en el trabajo de Gonzalo Delamaza en plataformacontexto.cl.

El piso es lo que hoy ya existe para sesiones del Congreso, sin embargo, podríamos explorar mejores estándares y prácticas que se han dado en otras latitudes –como puede ser el caso de Islandia[1]–, combinando transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana para tener un proceso virtuoso en el cual la tecnología puede jugar un rol importante, especialmente considerando formas de descentralizar la discusión y participación.

Además de la transparencia como publicidad de la actividad de los convencionales y de garantizar el derecho a saber de la ciudadanía, es fundamental que esta entidad funcione con estándares de transparencia que permitan generar una clima de integridad entre sus miembros. Esto será particularmente relevante para la prevención de conflictos de intereses y para fijar límites a la conducta de los convencionales que, dada la relevancia de sus cargos, no se expongan a situaciones que mermen la legitimidad de sus decisiones. La posibilidad de normar el comportamiento de las autoridades es también una forma en que la ciudadanía expresa y distribuye poder en una democracia.

Por último, la participación y la transparencia exigen que los ciudadanos y las ciudadanas estemos atentos(as), vigilantes y aprovechemos los espacios de interacción que se generen con los constituyentes. También que tomemos conciencia, con responsabilidad, de que el quórum de 2/3 para lograr consensos implicará ciertas renuncias, y que probablemente el texto que emane del trabajo de la Convención no será la Constitución ideal que cada uno de los autores de esta columna tiene en mente, ni la del lector, ni de la que cada convencional haya propuesto en su campaña, sino la ponderación democrática de la de todas y todos los que participemos en la votación de los convencionales. Sin embargo, el proceso y las formas serán claves para generar ese pacto común que nos organice para los años que vienen y que sintamos como propio.

 

[1] En el caso de Islandia se fomentó una suerte de crowdsourcing para su redacción, y las sesiones plenarias y deliberaciones fueron ampliamente transmitidas por streaming y por medios de comunicación, así como cuando se consultaba a expertas(os), salvo por la redacción de borradores de comités, donde había mayor reserva. Ver Mecanismos de participación ciudadana en el proceso constituyente de Islandia, Serie Informes Nº 15-20, 15/05/2020,  Mariano Ferrero, Biblioteca del Congreso Nacional, disponible en: https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/28866/1/N__15_20_Participacion_proceso_constituyente_Islandia.pdf

 

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