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Corte Suprema falla a favor de ejecutivo involucrado en el Caso Cascadas: lo libera de pagar millonaria suma al Fisco PAÍS Crédito: Agencia UNO

Corte Suprema falla a favor de ejecutivo involucrado en el Caso Cascadas: lo libera de pagar millonaria suma al Fisco

La Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco y Adelita Ravanales, más la abogada integrante Leonor Etcheberry, liberó a Roberto Guzmán Lyon, histórico abogado de confianza de Julio Ponce Lerou -y condenado por el uso de boletas ideológicamente falsas en el Caso SQM-, del pago de los intereses de la multa. El voto en contra de lo reclamado por Guzmán Lyon fue del ministro Muñoz.


En votación dividida, la Corte Suprema rechazó un recurso del Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra Roberto Guzmán Lyon, uno de los protagonistas del Caso Cascadas, resolviendo que no deberá pagar cerca de $3.100 millones al Fisco, los que eran exigidos por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a raíz de los intereses generados por la multa de 75.000 UF que el ejecutivo tuvo que pagar por este caso.

En concreto, la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco y Adelita Ravanales, más la abogada integrante Leonor Etcheberry, liberó al histórico abogado de confianza de Julio Ponce Lerou -y condenado por el uso de boletas ideológicamente falsas en el Caso SQM-, del pago de los intereses de la multa. El voto en contra de lo reclamado por Guzmán Lyon fue del ministro Muñoz.

La Corte consideró, entre otras cosas, el principio de la “ley posterior más favorable”, un principio que se aplica al derecho penal, pero que los jueces determinaron que “también (se aplica) al derecho administrativo sancionador, por cuanto su fundamento radica precisamente en la naturaleza sancionadora de la norma, que comparten ambos estatutos”.

Según el ministro Muñoz, como indica el fallo, se consideró que el acto administrativo -la multa que impuso la Superintendencia de Valores y Seguros (ahora CMF) de 550.000 UF a Guzmán Lyon por “instrumentalizar normas bursátiles (…) y hacerlas funcionales a un esquema que buscó el beneficio personal de sus participantes” y que data del 2014- surtió efecto desde que fue dictada, por lo que se debía aplicar la legislación de la época, la anterior a la reforma.

“Por ello, (…) resulta que los intereses de la multa impuesta a Roberto Guzmán Lyon se devengaron a partir del 21 de noviembre de 2014”, argumentó el juez. Así, la entrada en vigor del nuevo régimen “carece de aptitud para alterar uno de los efectos ya producidos por un acto administrativo que, en cuanto al devengo de intereses, se encontraba dotado de ejecutividad».

“En el caso particular de esta causa, el infractor podía pagar voluntariamente la multa y, en tal caso, los intereses se calcularían hasta la fecha de dicho pago”, agregó.

En ese sentido, el ministro consideró, a diferencia de los otros integrantes de la Tercera Sala, quienes estuvieron de acuerdo con que Guzmán Lyon no pagara la multa, que el Fisco sí tenía el derecho a exigir el pago: «Es dable concluir que desde el undécimo día posterior a la notificación del acto sancionatorio ingresó al patrimonio fiscal el derecho a percibir los intereses de la multa reclamada”, sostuvo.

“No es posible sostener que aquellos (intereses) nunca fueron devengados, puesto que su procedencia se sustenta en una norma expresa y cuyos principios se mantienen con posterioridad, como es el artículo 54 del Código Tributario”, añadió.

Con la sentencia ya firme, Guzmán Lyon no deberá pagar los millonarios intereses pero aún queda trama, ya que la Tesorería General de la República mantiene un litigio civil abierto y radicado en el Primer Juzgado Civil de Santiago, en contra del ejecutivo para reclamar dicho pago.

La historia del caso

La multa de la ex SVS inicialmente era de 550.000 UF. Pero Guzmán Lyon recurrió al Tribunal Constitucional, quienes la rebajaron a 75.000 UF. La Corte Suprema ratificó la rebaja en 2021.

Ese mismo año Guzmán Lyon pagó la multa, $2.259.332.250 con el valor de la época, pero la CMF consideró que debía abonar los intereses desde que se impuso la sanción, equivalentes a siete años de intereses, entre 2014 y 2021.

Entremedio, ocurrió en 2017 una gran reforma, la que creó la CMF y que además modificó la forma computar los recargos a las multas.

La Corte Suprema, por tal motivo, determinó que la norma aplicable era la nueva legislación, a pesar que los hechos eran anteriores a la reforma, y, con eso, Guzmán Lyon ganó la disputa al CDE y no deberá pagar los $3.100 millones en intereses al Fisco.

En 2021, con la sentencia de la Suprema que confirmaba la enorme rebaja de la multa a 75.000 UF, Guzmán Lyon pagó la multa y solicitó a la CMF que certifique que el pago estaba completo, pero el organismo acusó que faltaban los intereses. Por lo que el abogado recurrió a la justicia, siendo representado por Gabriel Zaliasnik, abogado conocido por defender a Iván Moreira en el Caso Penta y a los exministros Jaime Mañalich y Víctor Pérez con sus respectivas acusaciones constitucionales.

Para representarlo, el ejecutivo contrató a Gabriel Zaliasnik, abogado que asesoró a SQM, también conocido por defender a Iván Moreira (Penta) en el Caso Penta y que asumió la defensa ante el Congreso de los exministros Jaime Mañalich y Víctor Pérez durante sus acusaciones constitucionales.

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