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Foto: AgenciaUNO
“No tiene atribuciones”: senador Flores advierte error de ministra Steinert en caso Lincolao
Cuestionan que el Gobierno, vía el Ministerio de Seguridad, ampliara la querella en el caso de la agresión a la ministra Lincolao invocando la Ley de Seguridad del Estado, al sostener que esa cartera no tiene facultades legales para hacerlo y que la atribución corresponde exclusivamente a Interior.
Se abrió un nuevo flanco para el Gobierno en el caso por la agresión a la ministra de Ciencias, Ximena Lincolao.
Tras ampliar la querella e invocar la Ley de Seguridad del Estado, ahora enfrenta cuestionamientos por la legalidad de esa jugada: expertos y parlamentarios advierten que el Ministerio de Seguridad no tendría facultades para hacerlo.
La acción —informada por La Tercera y presentada por los abogados Joaquín Pizarro y Vicente Canales en representación de la ministra Trinidad Steinert— fue declarada admisible el 22 de abril por el juez de garantía de Valdivia, Fabián Duffau. Sin embargo, el paso encendió un debate jurídico inmediato: si la cartera recién creada puede o no recurrir a esa normativa excepcional.
El senador Iván Flores (DC) fue directo al punto. “No tiene facultades”, afirmó, recordando que la atribución está radicada exclusivamente en el Ministerio del Interior o en los delegados presidenciales. “Sería bueno que lo sepa para no seguir cometiendo errores”, lanzó, apuntando a una seguidilla de decisiones cuestionadas.
El argumento no es aislado. Abogados que siguen la causa sostienen que la legislación vigente es clara: el artículo 26 de la Ley de Seguridad del Estado establece que las querellas por esos delitos solo pueden ser iniciadas por Interior, autoridades regionales o la persona afectada. En la misma línea, el Decreto con Fuerza de Ley 7.912 —reforzado tras la creación del Ministerio de Seguridad— mantiene esa titularidad en manos de Interior.
Incluso voces del propio sector lo han subrayado. El exsubsecretario de Seguridad Pública Rafael Collado recordó que esa norma consagra la “titularidad exclusiva” de Interior para este tipo de acciones.
El artículo 3 letra a) del DFL 7912, modificado por la ley 21.730 que crea el Ministerio de Seguridad Pública otorga titularidad exclusiva al Ministerio del Interior para presentar querellas por la Ley de Seguridad del Estado. https://t.co/5NLOpRm8K1
— Rafael Collado (@RafaCollado16) April 25, 2026
El punto fino está en la interpretación. Desde el Ejecutivo defienden que el Ministerio de Seguridad sí puede actuar cuando los hechos afectan el orden público, apoyándose en otras disposiciones de su ley orgánica. Además, recalcan que el tribunal acogió la presentación, validando —al menos en esta etapa— su postura.
Pero la discusión está lejos de cerrarse. Las defensas de los imputados ya tienen una carta sobre la mesa: cuestionar la legitimidad de la querella y buscar que se revoque su admisibilidad, ya sea ante el mismo tribunal o en la Corte de Apelaciones de Valdivia.