Publicidad
Condenan a 20 años a oficial de Carabineros (r) por seis homicidios en Los Nogales en 1973 PAÍS Créditos imagen: memoriasdechuchunco.cl / Imagen referencial

Condenan a 20 años a oficial de Carabineros (r) por seis homicidios en Los Nogales en 1973

Publicidad

La sentencia de la ministra en visita Paola Plaza comprende los asesinatos de tres menores de edad ocurridos el 1 de octubre, y de otros tres hombres ejecutados entre la noche del 20 y la madrugada del 21 de ese mes, en la actual comuna de Estación Central.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
La ministra en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, condenó a 20 años de presidio al exoficial de Carabineros Óscar Patricio Ibacache Carrasco, como autor de seis homicidios calificados perpetrados en octubre de 1973 en la población Los Nogales. La magistrada acumuló las condenas de dos procesos (tres menores de edad y tres hombres adultos) y determinó que Ibacache deberá cumplir la pena de manera efectiva, sin beneficios sustitutivos.
Desarrollado por El Mostrador

La ministra en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, condenó a 20 años de presidio al oficial de Carabineros en retiro Óscar Patricio Ibacache Carrasco, por su responsabilidad como autor de seis homicidios calificados cometidos en la población Los Nogales (actualmente parte de la comuna de Estación Central) durante octubre de 1973.

La pena comprende los asesinatos de tres menores de edad: Marcos Orlando Ríos Bustos, de 15 años; Miguel Ángel Ríos Traslaviña, de 16; y Rogelio Gustavo Ramírez Améstica, de 19 (a la fecha la mayoría de edad se cumplía a los 21 años), perpetrados el 1 de octubre de ese año. A ellos se suman Hernán Anselmo Cortés Velásquez, Eduardo Antonio Fonseca Castro y José Tomás Beltrán Bizama, ejecutados entre la noche del 20 de octubre y la madrugada del día siguiente, también en la población Los Nogales.

La magistrada acumuló las condenas de ambos procesos, decisión adoptada al considerar que los hechos podían haber sido conocidos y juzgados conjuntamente y que, a la fecha, ninguna de las dos sentencias condenatorias se encontraba firme.

Respecto de los crímenes del 1 de octubre, la investigación estableció que cerca de las 21:40 horas, durante la víspera del toque de queda o al inicio de este, los tres jóvenes fueron interceptados por agentes del Estado en calle San Alfonso, entre Gaspar de la Barrera y Antofagasta, en las cercanías del límite actual entre las comunas de Estación Central y Santiago.

Según los antecedentes reunidos en la investigación, los jóvenes no habían provocado ni amenazado a los agentes, pero  fueron abatidos mediante múltiples disparos. Miguel Ángel Ríos Traslaviña recibió 18 impactos de bala y Rogelio Gustavo Ramírez Améstica, 12; ambos fallecieron en el lugar. Marco Orlando Ríos Bustos, en tanto, alcanzó a desplazarse una distancia indeterminada por calle Exposición y posteriormente fue encontrado sin vida, con tres impactos de bala, en las cercanías del Puente Iquique.

La resolución consignó que la declaración del Estado de Sitio en todo el territorio nacional implicó movimientos y reordenamientos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad. En ese escenario, al interior de Los Nogales se reunió la dotación de la Tenencia de Carabineros Cabo Tomás Pereira con personal de la 11ª Comisaría de la misma comuna. Esto alteró los límites jurisdiccionales de las distintas reparticiones dependientes de esa unidad, permitiendo que los efectivos participaran en procedimientos en todo el sector.

Por los seis homicidios calificados, Ibacache Carrasco deberá cumplir efectivamente la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo. Debido a la extensión de la pena, la magistrada no concedió al condenado ninguno de los beneficios contemplados en la Ley N° 18.216 (que regula las penas sustitutivas), por lo que deberá cumplir la sanción de manera efectiva.

Con respecto a las otras muertes, la magistrada determinó en julio de este año que, entre la noche del 20 y la madrugada del 21 de octubre de 1973, “fueron detenidos desde sus hogares ubicados en el entonces Campamento 18 de septiembre, sector que hoy corresponde a la comuna de Estación Central, José Tomás Beltrán Bizama, 25 años, soltero obrero; Eduardo Antonio Fonseca Castro, 26 años, soltero, comerciante ambulante; y Hernán Anselmo Cortés Velásquez, 22 años, soltero, obrero, todos ellos sin militancia política, quienes fueron sacados por la fuerza de sus casas, mediante golpes y sin orden alguna, por un grupo indeterminado de Carabineros que se movilizaban en una ambulancia, los que se encontraban al mando de los funcionarios apodados ‘Teniente Loco’ y ‘Hilton 100′”.

“Luego de subir a los detenidos al vehículo inician la marcha con destino desconocido, encontrándose los cuerpos sin vida de Cortés Velásquez, Fonseca Castro y Beltrán Bizama algunas horas más tarde, en un sitio eriazo en el Camino Lo Errázuriz, con señales externas de haber recibido numerosos impactos de bala; siendo recuperados sus restos mortales por familiares desde el Servicio Médico Legal, organismo que consignó en los respectivos informes de autopsia como causa de muerte, en cada caso, heridas múltiples de bala”, estableció.

Publicidad