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Cárcel de Calama (Google Maps)
Juicio contra el Tren de Aragua en Calama: Critican investigación policial tras absoluciones
De siete imputados, acusados en Calama, cuatro fueron liberados de toda responsabilidad y tres fueron condenados solo por algunos hechos. Según los magistrados, cuya identidad no aparece en el fallo, en varios de los hechos acusados ni siquiera se pudo probar la existencia de delitos.
Como un balde de agua fría cayó en el gobierno y la fiscalía un duro juicio emitido por tres jueces con identidad reservada -como lo establece el fallo respectivo- que absolvieron a varios sujetos acusados de pertenecer al Tren de Aragua, en un caso ventilado ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama.
El fallo es lapidario y dice que la acusación en contra de los siete imputados que eran parte de una asociación criminal no podía prosperar, dado que “nada se probó respecto a su estructura, jerarquía, dotación de recursos ni su capacidad de planificación. Por lo demás, tampoco se vinculó a alguno de los acusados del delito en comento”.
La misma conclusión emitieron respecto de uno de los secuestros de los que estaban acusados, pues según los jueces sin rostro “los hechos acreditados no son constitutivos de delito alguno”. En el caso de otro secuestro, condenaron a dos acusados (Héctor Acosta y Bony Galindo), pero absolvieron a los demás, indicando que ellos “no intervinieron de manera jurídicamente relevante en el delito”.
En otra de las acusaciones, esta vez por un homicidio calificado en grado de frustrado, la conclusión fue la misma: “los acusados no intervinieron de manera jurídicamente relevante en los eventos”.
Un tercer secuestro (con dos víctimas) también terminó en absoluciones, dado que a juicio de los magistrados “no puede tenerse por acreditado el hecho del secuestro ni sus circunstancias”, agregando que hubo varias declaraciones relevantes que no fueron tomadas por la policía y que “tampoco se aportaron respaldos documentales de las exigencias de pago mensual ni de algún pago realizado”, asegurándose, de nuevo, que “los hechos acreditados no son constitutivos de delito alguno”.
Varios de los acusados, todos de nacionalidad venezolana, fueron también absueltos de las acusaciones vertidas en su contra por tenencia de armas y microtráfico, pues los sentenciadores indicaron que, de hecho, ni siquiera se corroboró que la sustancia encontrada en poder de ellos fuera, en efecto, ketamina.
Así las cosas, Héctor Acosta y Bony Galindo fueron condenados a siete años y medio por secuestro agravado. Galindo también recibió cuatro años de presidio por tenencia de arma prohibida, lo mismo que Ender Morales y Jhojan Salazar. Galindo, Morales y Salazar, recibieron, además, una pena de tres años y un día por tenencia ilegal de arma de fuego. Los otros cuatro acusados salieron caminando del tribunal.
La abogada Trinidad Parra, defensora de Salazar y Galindo, indicó que sus representados no son miembros del Tren de Aragua y que, a su juicio, la insuficiencia probatoria deriva de que se trataba de varios casos distintos con los cuales se trató de armar un solo proceso y, además, asevera que el estándar investigativo de la PDI y de Carabineros (ambas instituciones intervinieron en el caso) no es el mejor, asegurando que “para condenar a alguien tiene que acreditarse los delitos más allá de toda duda razonable y se deben probar los hechos, y acá eso sencillamente mo ocurrió”.
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