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Proyecto: Reintegro del Sistema Tributario Opinión

Proyecto: Reintegro del Sistema Tributario

Hugo Catalán Pavez
Por : Hugo Catalán Pavez Socio CEIR Consultores. Director Académico ADEP Capacita. Académico de la Escuela de Contadores Auditores Universidad Tecnológica Metropolitana
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Debemos esperar con atención el futuro proyecto de ley que se presente al Congreso, pues si bien mantener el impuesto corporativo en un 27% puede sonar atractivo con miras a financiar las políticas públicas, puede traer consigo una encubierta rebaja de impuestos personales a las rentas más altas del país.


El 1 de junio de 2018, el Gobierno anunció que optará por mantener la tasa de 27% para las empresas, implícitamente refiriéndose a aquellas que tributan bajo el régimen “Parcialmente Integrado”, adicionalmente indicó que enviará un proyecto de Ley para efectuar “simplificaciones” y se refirió a integrar nuevamente el sistema tributario. Integrar significa, en síntesis, que los dueños de empresas podrán volver a utilizar el 100% del tributo pagado por sus compañías como crédito en contra del impuesto final.

Debemos esperar con atención el futuro proyecto de ley que se presente al Congreso, pues, si bien mantener el impuesto corporativo en un 27% puede sonar atractivo con miras a financiar las políticas públicas, puede traer consigo una encubierta rebaja de impuestos personales a las rentas más altas del país, toda vez que, hoy, la tasa de IGC puede llegar incluso a un 44,45% entre empresa y dueño, y mañana, al reintegrar, la tasa sería de un 35%. Si esto fuese así, se necesitarían otras alzas de impuestos que suplan la menor recaudación vía Impuesto Renta, por ejemplo, tabacos, alcoholes, minería, ¿comida chatarra?, etc.

Otro de los temas que se deslizó en el discurso presidencial, al señalar que “requerimos que nuestro sistema tenga mayor certeza”, fue el de la norma general antielusiva. Si bien la norma actual no es clara, cumple el objetivo de disminuir considerablemente la elusión y, por lo tanto, es de esperar que una adecuación vaya siempre de la mano de que en ningún caso se restrinjan las facultades fiscalizadoras del SII.   

Respecto de la propuesta de simplificar, vale la pena recordar que ya la Ley N° 20.899, de la anterior administración, tuvo el mismo propósito, con las sabidas consecuencias vividas durante el AT 2018. Esperamos que el proyecto que se envíe, no solo sea una expresión de deseo, sino que materialice de manera eficiente tal anhelo.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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