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Contraloría cuestiona baja asistencia de Juan José Ugarte a sesiones de la CNA y ordena “procedimiento disciplinario” en su contra Jefe de División de Educación Superior asistió sólo a 29 % de 113 reuniones

Contraloría cuestiona baja asistencia de Juan José Ugarte a sesiones de la CNA y ordena “procedimiento disciplinario” en su contra

El demoledor informe, publicado en el peor momento de la Comisión encargada de acreditar a las instituciones de educación superior, solicita medidas administrativas para Ugarte por su reiterado ausentismo, destacando que es el único representante de la cartera de Harald Beyer en la entidad.


No ha sido una buena semana para la Comisión Nacional de Acreditación (CNA): a la formalización de su ex presidente, Eugenio Díaz, acusado de cohecho, soborno y lavado de activos, entre otros delitos, se suma el demoledor informe publicado el lunes por la Contraloría General de la República, que termina de poner la lápida a la cuestionada credibilidad de la institución.

Dentro de dicho informe, que entre otros puntos critica duramente los procedimientos internos, falta de normativa, la fiscalización e incluso la composición de los miembros de la Comisión, también se pasa la cuenta al rol del Jefe de la División de Educación Superior (Divesup) del Ministerio de Educación (Mineduc), Juan José Ugarte, como representante de la cartera liderada por Harald Beyer ante la CNA.

Esto, porque Contraloría determinó que durante 2011 “en general, los integrantes —de la comisión— asistieron con rigurosidad a las sesiones, a excepción del Jefe de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación, el que alcanzó el 29 % de asistencia de un total de 113 reuniones”.

Ningún otro miembro tuvo una asistencia tan baja: Pedro Corona, designado por los otros miembros como figura destacada del sector productivo nacional, lo sigue en el ranking con 68 % de ausencias.

Según el informe, el ausentismo de Ugarte cobra relevancia debido a que “es el único representante del Ministerio de Educación en la CNA, por ende, su reiterada inasistencia vulnera lo establecido en el artículo 7°, de la aludida Ley N° 20.129, en el sentido que se encomienda a ese directivo formar parte de la misma. Asimismo, su inasistencia continua puede constituir una vulneración al artículo 61 letra a) de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en cuanto a servir las obligaciones del cargo en forma regular”.

Agregando que “dada la reiterada inasistencia que impidió cumplir con el mandato por ley entregado a ese funcionario público, razón por la cual, ello amerita la instrucción de un procedimiento disciplinario por parte del Ministerio de Educación”.

El no de Ugarte a las “minutas financieras”

Ugarte, conocido como el hombre fuerte del poder de la Universidad Católica en el Mineduc, es también mencionado por el informe del órgano contralor dirigido por Ramiro Mendoza, debido a su rechazo a la utilización de una “minuta financiera”, documento en que se entregaban las bases para el análisis financiero realizado por la Secretaría Ejecutiva de la CNA como apoyo para la toma de decisiones de acreditación.

[cita]Ningún otro miembro tuvo una asistencia tan baja: Pedro Corona, designado por los otros miembros como figura destacada del sector productivo nacional, lo sigue en el ranking con 68 % de ausencias.[/cita]

En la sesión del 7 de diciembre de 2010, Ugarte objetó tajantemente, en la forma y en el fondo, la inclusión al proceso de acreditación el análisis de la “minuta financiera”, elaborada por el Secretario Ejecutivo, ya que esta no había sido conocida previamente por la institución de educación superior correspondiente, ni realizada por un tercero especializado en la materia, lo que a su juicio podría vulnerar algunas garantías de un debido proceso.

Según el informe, el 23 de noviembre de 2011, mediante un acuerdo interno, el pleno de la Comisión acordó solicitar al Departamento Jurídico la elaboración de un informe en derecho referido a las normas y principios que deben cumplir las minutas financieras de propiedad y de contexto, para ser incorporadas en los procesos de acreditación.

La conclusión fue que la Comisión “puede valerse de minutas e informes internos y externos para arribar a una adecuada resolución, y que los documentos internos de propiedad, financieras y de contexto no sean puestas en conocimiento de las Instituciones, en forma previa a la decisión de acreditación, no atenta contra el derecho que éstas tienen de participar del proceso y ser oídas en él, pues la misma estructura del procedimiento contempla una amplia participación de tales entidades”.

Al respecto, detalla el informe, “cabe señalar que el resguardo financiero corresponde a un factor crítico a evaluar dentro de la gestión institucional de cualquier entidad que reciba aportes públicos, toda vez que la falta de información, eventualmente, conlleva un alto riesgo de control en la materia, puesto que sin tales análisis podrían acreditarse instituciones que no permitan garantizar la generación o continuidad de una educación de calidad”.

Para graficarlo cita varios ejemplos. En el caso de la Universidad Santo Tomás, la minuta financiera efectuada por la CNA detalla que los saldos por cobrar y pagar a empresas relacionadas de la institución no están sujetos a reajustes ni intereses.

Lo que “en la práctica correspondería a una transferencia patrimonial de dicha Universidad para con sus empresas relacionadas y, según lo expuesto en la minuta financiera efectuada por la CNA, significa un lucro para éstas en desmedro de la Universidad, situación que denota gravedad puesto que no se advierte siquiera algún tipo de reajustabilidad de la deuda entre entidades relacionadas”, explica la Contraloría.

En el caso de la Universidad de Viña del Mar, la minuta financiera indica que resulta preocupante la alta concentración de deuda relacionada con Laureate Education Inc., —sostenedor de dicha casa de estudios— ascendente a MM$ 3.704. Monto superior a su patrimonio que totaliza MM$ 3.444.

Para Contraloría “las situaciones expuestas dejan de manifiesto la relevancia de estudiar y normar en profundidad el tema financiero y definir los criterios que se aplicarán en función de su impacto en la acreditación, considerando los recursos públicos que las entidades en tal condición puedan recibir”.

En octubre pasado, y a instancias de la División de Educación Superior como alternativa a la “minuta financiera”, comenzó a operar la calificadora de riesgos Feller-Rate en la evaluación del estado financiero de las universidades que se someten a acreditación. Pero el 15 de noviembre la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) dio un portazo a la iniciativa, argumentando que “para el caso en cuestión, la actividad solicitada se enmarca dentro de un proceso de acreditación efectuada por una institucionalidad pública, y que tendría un carácter vinculante puesto que, en una medida no menor, determinará la decisión de acreditación de dichas instituciones y subsecuentemente, la asignación de recursos públicos, exponiendo a la clasificadora de riesgo a un cuestionamiento público sobre su función, en una materia cuya regulación y supervisión escapa a las facultades de esta Superintendencia. De esta forma, la Superintendencia no puede garantizar que la calidad con que se preste este servicio sea equivalente a la del servicio de clasificación de riesgo de valores de oferta pública, el cual sí está regulado, poniéndose en riesgo el activo reputacional de la entidad y de su respectiva industria”.

Según una fuente ligada al proceso de evaluación, mediante este sistema ya se ha evaluado a las universidades San Sebastián, Tarapacá, Arcis, Del Pacífico, Ucinf, De Valparaíso, Católica de Concepción y Universidad Bernardo O’Higgins.

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