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Avanza proyecto de ley que sanciona dificultar el transporte público de personas mayores y con discapacidad Inclusión

Avanza proyecto de ley que sanciona dificultar el transporte público de personas mayores y con discapacidad

La norma, remitida al Senado a su segundo trámite, modifica la Ley del Tránsito estableciendo nuevas infracciones de carácter gravísimas y graves en materia de transporte público remunerado de pasajeros.


La Cámara de Diputados aprobó, por la unanimidad de 134 votos a favor, el proyecto que modifica la Ley 18.290, de Tránsito, para sancionar a quienes dificulten o impidan el acceso de adultos mayores y personas con discapacidad a los servicios de transporte público remunerado de pasajeros (boletín 12.768).

La idea es sancionar en el transporte público de pasajeros el exigir a las personas con discapacidad y adultos mayores cumplir requisitos especiales, fuera del marco legal, para acceder a dicho transporte, y que los conductores no detengan el vehículo cuando estos pasajeros deseen subir o bajar del mismo.

De esta manera, el proyecto modifica la Ley de Tránsito incorporando en las infracciones gravísimas el que un conductor de transporte público de pasajeros ponga en movimiento o no lo detenga completamente cuando hayan pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo, si estos corresponden a pasajeros con discapacidad y/o adultos mayores. En este caso, la sanción corresponderá a una multa de 1.5 a 3.0 UTM y 5 a 45 días de suspensión de licencia.

Asimismo, se considera como infracción grave el exigir a un pasajero el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros, cuya sanción es una multa de 1 a 1,5 UTM.

Fundamentos del proyecto

Aprobado por unanimidad en la Comisión de Obras Públicas, cuyo informe rindió a la Sala el diputado Leopoldo Pérez, señala entre sus fundamentos que, según el Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad (Endisc), en el país existen dos millones 606 mil 914 personas con discapacidad (mayores de 18 años), lo que representa un 20% de la población total.

Además, recuerda que, desde el año 2008, el país ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en materia de accesibilidad y transporte público, obliga al país a adoptar medidas para que “las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida” y, por ende, asegurar su acceso en igualdad de condiciones con las demás personas, al entorno físico, el transporte y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público.

Asimismo, en el caso de los adultos mayores, Chile ratificó, en el año 2017, la Convención Interamericana de los Derechos del Adulto Mayor, que les reconoce el derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal.

En ese sentido, este proyecto parte por el reconocimiento de que hoy existe un sin número de discriminaciones motivadas por la discapacidad o edad de los pasajeros, las que, a diario, ven privado su derecho de acceso al transporte público y hace imperioso avanzar en garantizar dicho acceso, evitando conductas de acoso o trato discriminatorio de las que son víctimas.

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