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Cómo los bancos detectan el lavado de activos en Chile para combatir el crimen financiero
Con 21.828 reportes de operaciones sospechosas en 2025, la banca es un importante filtro del sistema antilavado chileno. Ante algunos casos judiciales que han involucrado a la banca, es necesario saber cómo funciona ese engranaje.
El crimen financiero organizado no es un problema exclusivo del sistema judicial: involucra directamente al sector bancario, que está obligado por ley a detectar y reportar operaciones que podrían estar vinculadas al lavado de activos u otros delitos financieros.
En 2025, Chile recibió 21.828 Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) —un 25,3 % más que en 2024—, según el Informe Estadístico de la Unidad de Análisis Financiero (UAF). Eso equivale a 87 reportes por día hábil.
Prevención de fraudes: el sistema que obliga a los bancos a reportar
La Ley 19.913, que creó la UAF, estableció en Chile un sistema de reporte obligatorio para las entidades financieras.
Los bancos, corredoras, casas de cambio y otros “sujetos obligados” deben enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) cuando detectan transacciones que no corresponden al perfil del cliente o que presentan señales de alerta definidas por el regulador.
La UAF analiza esos reportes y, cuando detecta indicios de lavado de activos o financiamiento del terrorismo, los remite al Ministerio Público.
En 2025, la Fiscalía dirigió 270 requerimientos a la UAF en relación con 2.350 personas naturales y jurídicas, lo que da cuenta de la articulación entre el sector privado y el sistema judicial en la persecución del crimen financiero.
¿Cómo opera la prevención del lavado de activos en Santander Chile?
Mientras la mayoría de los bancos que operan en Chile están sujetos, principalmente, a la supervisión de la Comisión de Mercado financiero (CMF) y la UAF, algunos como Santander Chile enfrentan además obligaciones de divulgación ante la Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos debido a su programa de ADR.
Como emisor extranjero registrado en dicho país, debe revelar en sus reportes públicos (20F y 6K) los riesgos materiales, controles, investigaciones o sanciones relevantes asociados a la prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y sanciones internacionales.
Todo lo anterior exige al banco tener programas de capacitación en AML (Prevención de Lavado de Activos en inglés) para sus empleados, screening de personas expuestas políticamente (PEP) y la certificación anual de sus controles internos bajo la Sección 404(b) de la Ley Sarbanes-Oxley.
El banco publicó un documento que explica en detalle su sistema de monitoreo de operaciones sospechosas: un esquema multicapa que combina procedimientos internos, herramientas tecnológicas y equipos especializados de compliance bancario, riesgos, operaciones y control interno.
Lo que los bancos no pueden revelar en su lucha contra el lavado de dinero
La Ley 19.913 prohíbe expresamente a los bancos informar a sus clientes que han sido objeto de un ROS o que sus transacciones están siendo investigadas.
Esta restricción —conocida como “no tipping-off”— existe para proteger la integridad de las investigaciones y evitar que los involucrados destruyan evidencia o alerten a terceros.
No significa que un cliente sea investigado por la Fiscalía: la gran mayoría de los ROS son analizados por la UAF y no llegan a esa instancia.
Los desafíos que vienen para la prevención de fraudes
El avance de los criptoactivos, los pagos digitales y las plataformas fintech introduce nuevos desafíos para el sistema de prevención, especialmente en lo que respecta a las nuevas tipologías de lavado de dinero.
El sector bancario tradicional ya cuenta con infraestructura, marcos regulatorios y capital humano entrenado para mitigar estas amenazas.
Ahora bien, el desafío estratégico para Chile será extender esa misma exigencia a los nuevos actores del ecosistema financiero para asegurar un estándar de control unificado.