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Comisión de Hacienda de la Cámara aprueba proyecto que permite repactación de deuda previsional


En condiciones de ser visto por la Sala de la Cámara de Diputados quedó el proyecto, en segundo trámite constitucional, que permite la repactación de las deudas previsionales arrastradas por empresarios entre enero de 2009 y mayo de 2010, tras aprobarse por una amplia mayoría en la Comisión de Hacienda.

La iniciativa fue analizada en forma intensiva y sobre tabla en la citada instancia, dado que la propuesta contempla algunos ítems de costo fiscal.

Cabe recordar que el proyecto ya había sido estudiado en la jornada de ayer por la comisión de Trabajo, la cual lo aprobó en los mismos términos que lo dispuesto por el Senado.

La ministra de Trabajo, Camila Merino, recalcó que la propuesta legal busca ayudar que las empresas puedan pagar las cotizaciones adeudadas desde enero de 2009, primero, porque no pudieron hacerlo por la crisis económica y, luego, por efecto del terremoto.

Explicó que la idea original fue beneficiar sólo a las regiones más afectadas por el terremoto, pero que en la discusión en el Senado se estimó necesario ampliar el mecanismo a todo el país, especialmente considerando los efectos de la anterior crisis económica y el hecho que algunas empresas localizadas fuera de la zona de catástrofe participaban en una misma cadena productiva con otras que sí lo estaban.

La secretaria de Estado recalcó que «acá no se están condonando los reajustes especiales que se aplican cuando no se pagan las cotizaciones», sino que solamente se está autorizando la celebración de convenios de pago que permita que los recursos lleguen a los trabajadores. Especificó que el beneficio cubre 18 meses, para las empresas de todo el país, y 24, para las de las zonas afectadas.

De ser aprobado el proyecto, quienes adeuden sus cotizaciones desde el mes de enero de 2009 y hasta el mes de mayo de 2010, podrán ponerse al día mediante una repactación de los montos en hasta 18 cuotas. Esto, sin que el trabajador pierda la rentabilidad de sus fondos.

upi/jp/

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