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Cámara aprueba proyecto que suspende información comercial de personas cesantes


La Cámara de Diputados por unanimidad aprobó este martes las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que suspende por un tiempo determinado la comunicación o publicación del registro comercial de las personas que acrediten estar cesantes.

La iniciativa fue aprobada en julio del 2009 por la Cámara de Diputados y el Senado hizo lo propio en agosto pasado, con algunas modificaciones que hoy fueron finalmente ratificadas en tercer trámite.

El proyecto establece que las entidades responsables que administren bancos de datos personales no podrán publicar o comunicar la información comercial, en especial los protestos y morosidades, cuando ella se hayan originado durante el período de cesantía que afecte al deudor.

Además para estos efectos, «la Administradora de Fondos de Cesantía comunicará los datos de sus beneficiarios al Boletín de Informaciones Comerciales sólo mientras subsistan sus beneficios para los efectos de que éste bloquee la información concerniente a tales personas»

El texto legal consagra que las personas que «no estén incorporadas al seguro de cesantía deberán acreditar dicha condición ante el Boletín de Informaciones Comerciales, acompañando el finiquito extendido en forma legal o, si existiese controversia, con el acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo, para los efectos de impetrar este derecho por tres meses renovable hasta por una vez».

La norma establece que el bloqueo de datos será sin costo para el deudor y precisa que dicho bloqueo no procederá respecto de quienes consignen anotaciones en el sistema de información comercial durante el año anterior a la fecha de término de su relación laboral.

Finalmente, las entidades responsables de la administración de bancos de datos personales no podrán señalar bajo ninguna circunstancia, signo o caracterización que la persona se encuentra beneficiada por esta ley.

upi/jp/cf

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