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Acuden a tribunales a denunciar ‘discriminación’ contra mujeres por AFP y Cías. de seguros


Las abogados Carmen Hertz, Patricia Schaulsohn y Alvaro Toro, además de dirigentas de ANEF, del Colegio de Profesores, sindicales y los diputados Cristina Girardi (PPD), Gabriel Silber (DC), Tucapel Jiménez (PPD) y Hugo Gutiérrez (PC) presentaron este jueves un recurso de protección en contra de los procesos de jubilación de las AFP y algunas compañías se seguros por «discriminar» a las mujeres beneficiarias.

Los recurrentes expresaron que el libelo presentado es para «poner fin al abuso y vulneración de los derechos de todas las chilenas, ya que en el sistema de ahorro previsional actual un hombre que jubila a su edad legal (65 años) obtiene hoy un 33% más de pensión que una mujer que jubila a su edad legal (60 años) ambos con el mismo fondo acumulado».

A juicio de ellos existe una evidente discriminación en el trato debido a la privatización de este sistema y que las AFP no siguieron el modelo que existía antes en el que hombres y mujeres ahorraban y recibían beneficios en igualdad de condiciones.

«Al privatizar el sistema de pensiones el año 1981 se modificó su fórmula de cálculo, introduciendo como nuevo factor la esperanza de vida al momento de jubilar, que antes no se consideraba. Este factor es discriminador pues cada persona tiene una esperanza de vida diferente, cada grupo humano también», sostuvieron.

Los recurrentes además detallaron que, por ejemplo, datos del INE señalan que los hombres que viven en Las Condes, tienen una esperanza de vida 8,74 años mayor que los que viven en Osorno y viven 6,79 años más que los de Lo Espejo. Las personas con enfermedades del sistema circulatorio ven reducida su esperanza de vida en 2,48 años y aquellas con males del sistema digestivo 1,45 años y así sucesivamente.

A juicio de ellos, estas características y variables no son consideradas a la hora de calcular las pensiones, ya que se «aplica la misma tabla de esperanza de vida, con lo cual los habitantes de Osorno y Lo Espejo por ejemplo subsidian las pensiones a los habitantes de Las Condes».

Sin embargo, dijeron, en el caso de las mujeres se les castiga sin tener ningún factor más a considerar que su género y por ende mayor esperanza de vida «castigándolas y quitando su derecho de poder tener una jubilación igual que la del hombre».

Lo mismo ocurriría con las compañías de seguro, quienes amplían sus tasas por la mera valoración de género.

Esta actitud «ilegal» es la que las organizaciones sindicales quieren revertir a través de los tribunales de justicia.

La diputada Girardi manifestó que esta discriminación en contra de las mujeres por parte de las AFP, no sucedía en el sistema antiguo del INP «en donde al mismo sueldo, y al mismo tiempo de trabajo, hombres y mujeres reciben la misma jubilación, en cambio, en el caso de las AFP, las AFP están discriminando por género, por el hecho que las mujeres tienen una expectativa de vida mayor que los hombres, y ese es el elemento que ellos utilizan como argumento para la discriminación».

Además la parlamentaria argumentó que «de este modo castigan a las mujeres en función de esta categoría, o también podríamos decir que las personas que tienen determinados trabajos viven menos que los demás, como quienes trabajan en las minas, claramente tienen una expectativa de vida menor que los que no trabajan en las minas, por lo tanto, los que no trabajan en las minas deberían tener menor jubilación, y así se puede ir desgranando y buscando muchos elementos de discriminación, lo que no corresponde».

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