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Condenan a concesionaria de autopista a Valparaíso a pagar reparación por daño ambiental


La Tercera Sala de la Corte Suprema determinó condenar a la concesionaria de la Ruta 68, que une Santiago con Valparaíso, por el daño ambiental que provocó la construcción de obras de mejoramiento de la carretera desde el año 2003.

Los magistrados Sergio Muñoz, Margarita Herreros, Héctor Carreño, Pedro Pierry y el abogado integrante Benito Mauriz, acordaron que Rutas del Pacífico S.A. es responsable del daño ambiental generado a los comuneros de la Asociación de Canalistas Embalse Pitama, ubicado cerca de Casablanca y que desde el año en cuestión fue perdiendo agua que se juntaba para riego de los agricultores de la zona.

Los trabajos en la autopista provocaron, de acuerdo a la resolución, que el agua se filtrara y contaminara y por lo tanto se generó un daño al medio ambiente que queda manifiesto en los alrededores del embalse que ya no tiene vegetación.

«Ha sido la conducta de la demandada (Rutas del Pacífico S.A.) la que impidió o frustró la utilización de las aguas en labores de riego, como para concretar una inversión cierta que se encuentra acreditada. En efecto, la Corfo reconoció que se llevó adelante la etapa preparatoria del proyecto asociativo denominado «Agroturismo Pitama», en virtud del cual los empresarios perseguirían como objetivo impulsar un mayor crecimiento del negocio relacionado con la actividad turística en torno al embalse. (…) La interrupción del proyecto de los empresarios, en espera de la solución de asuntos legales relacionados con la propiedad del embalse, les llevó incluso a restituir los dineros recibidos por Corfo.

Además de pagar una multa de 100 UTM al fisco, la empresa deberá realizar una serie de trabajos tendientes a reparar el embalse en cuestión, además de purificar sus aguas hoy contaminadas y su entorno, además de tener que pagar una indemnización a los agricultores afectados una cantidad de dinero que deberá determinarse en relación a las pérdidas que estos tuvieron por estos hechos y que deberá ser calculada cuando el fallo quede ejecutoriado.

upi/so/

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