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Corte condena a empresa del retail a indemnizar a cliente con deuda generada por robo de cédula


La Corte de Apelaciones de Concepción ratificó que la empresa Cofisa S.A, operadora de tarjetas de crédito ligada al retail, deberá cancelar una indemnización total de $5 millones a un cliente por el mal uso de uno de sus documentos.

En fallo unánime las ministras Rosa MacKay, Juana Godoy y el abogado integrante Hugo Tapia, ratificaron que la compañía debe pagar la cifra señalada a Manuel Cartes Muñoz, por haberlo notificado de una deuda que no contrajo.

El demandante denunció que en 2006, en el sistema Dicom detectó una deuda con la tienda DIN, pese a que no había solicitado crédito y que el documento había sido obtenido por otra persona que lo suplantó al presentar su cédula de identidad, la que había extraviado en 2002.

Más aún, la Corte descubrió que la tarjeta pudo ser tramitada por una captadora, en la vía pública, a quien la persona suplantadora pasó la cédula robada.

El fallo ratifica el actuar negligente de la operadora de la tarjeta al permitir que se realizaran operaciones con el documento.

«La demandada incurrió en actos negligentes y culpables por cuanto los datos que se incluyeron en la Solicitud de Tarjeta de Crédito, por el operador o captador en terreno, son insuficientes y carentes de seriedad, puesto que solo contiene el nombre y domicilio del solicitante, disponiendo en forma genérica ser ‘empleado’, sin individualización de empleador, lugar de trabajo, domicilio laboral, algún teléfono y más aún, sin ni siquiera tener fecha; que las mismas falencias aparecen en el comprobante de verificación de domicilio, el que ni siquiera cuenta con la mención de algún documento de verificación o como suele ocurrir con la exhibición de alguna cuenta de consumos domiciliarios», resume la resolución.

upi/so

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