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Corte Suprema acoge recurso de nulidad por robo con intimidación


En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, María Eugenia Sandoval y los abogados integrantes Luis Bates y Domingo Hernández acogieron el recurso en contra de la sentencia del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de La Serena que dictó condena a varias personas que participaron en asaltos el 1 de abril del 2011.

El dictamen acoge la presentación para uniformar un criterio en cuanto al delito de robo con intimidación agravado y determina que la utilización de armas es consustancial al tipo penal del robo con intimidación o violencia.

La Corte estableció como criterio no aplicar una agravante para el mencionado delito, que había sido interpretado de maneras diversas por distintas cortes de apelaciones del país.

La sentencia del máximo tribunal determinó tanto para Francisco Javier Ramírez Hidalgo como para Octavio Vicente Acuña Espinoza las penas de 15 años y 1 día de presidio y 10 años y 1 día de presidio, respectivamente; ambos por su responsabilidad como autores en dos delitos de robo, ocurridos en La Serena el 1 de abril del año pasado.

En tanto, la pena para el adolescente G.R.D.D. es de 8 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social y para L.A.M.M 5 años y 1 día de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social; ambos por su responsabilidad de autor en dos delitos de robo, ocurridos ambos en La Serena el 1 de abril de 2011.

upi/so

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