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SCJ Sanciona a operadora de Talca por promociones distintas a las autorizadas

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La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) sancionó al Casino de Juegos de Talca S.A. con una multa a beneficio fiscal de 45 Unidades Tributarias Mensuales.

A través un comunicado, el organismo sostuvo que la razón de la multa se justifica luego que -según la autoridad- esta operadora implementara promociones en términos distintos a los autorizados por el organismo, infringiendo con ello las obligaciones contendidas en el artículo 45 de la Ley N° 19.995.

Dicho artículo establece que «no se podrán desarrollar y explotar los juegos de azar que la presente ley establece sino en la forma y condiciones que ella regula, y sólo por las entidades que en ella se contemplan».

A juicio de la Superintendencia, quedó suficientemente acreditado que la sociedad Casino de Juegos de Talca S.A., no implementó las modificaciones instruidas por la Superintendencia en la resolución que autorizó las promociones, no ajustándose a lo establecido en la circular N° 24 de octubre de 2011.

La circular estipula que las sociedades operadoras tienen la obligación de solicitar autorización a la Superintendencia para la implementación y/o modificación de las bases respecto de aquellas promociones cuyos premios inciden en el normal desarrollo de los juegos de azar en los casinos de juego; que afecten, modifiquen o alteren de cualquier forma los procedimientos previstos para el desarrollo de los juegos de azar según el artículo 27 del Decreto Supremo N° 547; o que afecten la determinación de los ingresos brutos obtenidos en la explotación de los juegos de azar.

Cabe señalar que el pago de la multa debe efectuarse ante la Tesorería General de la República en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución exenta que impone la sanción. La multa es apelable ante la misma entidad.

upi/so//

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