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Cuatro aristas necesarias en la nueva Constitución para acabar con la discriminación por orientación sexual, afectiva e identidad de género BRAGA

Cuatro aristas necesarias en la nueva Constitución para acabar con la discriminación por orientación sexual, afectiva e identidad de género

Natalia Espinoza C
Por : Natalia Espinoza C Periodista - Contacto: braga@elmostrador.cl / (sólo wsp) Fono sección: +569 99182473
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Cambiar las bases de la institucionalidad, asegurar en forma explícita los derechos fundamentales de la diversidad sexual, que el Estado sea garante y presente; y finalmente, que se incluyan a las familias diversas con madres o padres del mismo sexo dentro de la concepción de la familia como núcleo de la sociedad. Son los puntos que las diversas agrupaciones que luchan por los derechos de las personas LGBTIQ+ desean posicionar en el debate Constitucional.


En nuestro país, el día el 20 de septiembre desfiguraron el rostro a joven gay con palos, golpes de puño y piedras en la comuna de Lampa, el 21 del mismo mes una pareja homosexual en la comuna de Quilpué fue agredida por cinco guardias de un supermercado. Al día siguiente, una pareja lésbica denunció que las violentaron y hostigaron en Talca. Tampoco olvidar el homicidio de un estilista en su domicilio en Colina y asesinato de un joven transgénero en Valdivia.

¿Qué tienen en común estos recientes casos? Que sus protagonistas fueron personas de la comunidad LGBTIQ+, quienes fueron discriminados y atacados en razón de su orientación sexual, afectiva, identidad o expresión de género. Yendo más atrás, 2019 fue el año más violento para las disidencias, ya que incrementaron en un 58% los casos de ataques y discriminación, ascendiendo a 1.103 los atropellos, posicionándose como la cifra más alta conocida hasta la fecha, según el XVIII Informe Anual de DD. HH de la Diversidad realizado por el Movilh.

Esto demuestra que en nuestro país hay un serio problema de discriminación, que no solo requiere que haya medidas penales más fuertes, para perseguir y castigar a los responsables de estas agresiones, sino que hacer un cambio profundo en la cultura, que realmente promueva la igualdad y el respeto, para prevenir que este tipo de situaciones sigan ocurriendo.

En este sentido, la redacción de una nueva Constitución paritaria e inclusiva se posiciona como una alternativa muy poderosa para poder generar todos estos cambios que permearán a la sociedad, según cuatro organizaciones que luchan por los Derechos de la población LGBTIQ+, y que conversaron con El Mostrador Braga. Existen cuatro aristas fundamentales a tratar en la redacción de una nueva carta magna, para asegurar la vida, dignidad y derechos de la comunidad:

En primer lugar, cambiar las bases de la institucionalidad, como segundo punto, asegurar en forma explícita los derechos fundamentales de la diversidad sexual, que el Estado sea garante y presente; finalmente, que se incluyan a las familias diversas con madres o padres del mismo sexo, dentro de la concepción de la familia como núcleo de la sociedad.

Quiero que la igualdad y no discriminación se respalden en una institucionalidad robusta, que nos ayude no solamente a combatir la arbitrariedad como la Constitución actual, sino que además tenga foco en discriminaciones como la indirecta o la estructural. Por supuesto, quiero que se sienten bases para establecer la legitimidad de nuestras identidades. El reconocimiento a todas nuestras familias con todas sus composiciones. Y sin duda alguna, que, entre los principios de esta Constitución en la parte declarativa, quede establecido que la diversidad es uno de los valores que hace grande a Chile”, connotó la presidenta ejecutiva de Fundación Iguales, Alessia Injoque.

Cambiar las bases de la institucionalidad y asegurar derechos fundamentales para la diversidad sexual

En su artículo 1º, la Constitución vigente actualmente establece que “las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Esta frase, a ojos de la comunidad LGBTIQ+, debería ser reformulada, ya que solo es una igualdad formal que queda en el papel, y no una igualdad tangible que bañe el resto de la normativa de nuestro país.

“Cualquier normativa o diferencia que exista actualmente entre las personas heterosexuales y homosexuales se debe reconocer como una discriminación. Y la forma en que una nueva Constitución debe erradicar estas diferencias es precisamente estableciendo el principio de no discriminación como una premisa Constitucional”, explica el vocero del Movilh, Óscar Rementería.

Para el vocero, que sea una premisa Constitucional significa que “todas las leyes de la República e incluso aquellas que se promulgaron anteriores a la nueva Constitución, se deben adaptar a estos principios. Es decir, tendrían que cambiar y adaptarse a la no discriminación como un principio de la nueva Carta Magna”, consigna.

Es necesario comprender que las reivindicaciones de las diversidades son transversales y estructurales, siendo lo estructural lo que presenta el principal desafío. El reconocimiento debe ser a lo largo de todos los derechos y toda la Constitución y no solamente un apartado o un anexo.

Existencia de un Estado garante y presente

Actualmente en nuestro país, el Estado tiene un rol subsidiario, “el Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos”, connota la carta magna en su Artículo 1°. Esto quiere decir que el Estado, invierte en derechos como la salud cuando ya es demasiado tarde.

Respecto de ello, para el Coordinador de la unidad de legislación y políticas públicas de OTD Chile, Franco Fuica, la nueva Constitución es una oportunidad para acceder a esta “aspiración de tener una igualdad social, donde a través de las reparaciones que se les haga a diversas comunidades históricamente discriminadas, como la comunidad trans, se puedan acceder a beneficios del Estado que les permitan lograr esa igualdad real”, explica.

Para Fuica, actualmente no se garantiza el acceso igualitario a beneficios sociales, como la vivienda, trabajo, educación, salud, etc. Por ello, “al mismo tiempo, creo que es importante que la misma Constitución resguarde el pleno derecho al desarrollo integral de la personalidad, porque eso también va a permitir que las personas puedan ser lo que quieran ser sin que haya parámetros que les limiten”.

La familia como núcleo de la sociedad

Actualmente, la concepción de la familia en nuestro país está reducida a un solo tipo, aquella conformada por una pareja heterosexual, o una madre o padre soltero, lo más que hemos avanzado como nación fue incluir la crianza por parte de los abuelos.

En este contexto, Rocío Muñoz, de Familia es Familia, considera que la nueva Constitución debiera definir que la base fundamental en la crianza de menores y adolescentes se determine por el “Equipo Parental” y que este se ajuste a la realidad de las familias chilenas, donde se desmarque la crianza de la figura materna/paterna y se abra al cumplimiento de las funciones parentales.

“Debiera por tanto definir que el Equipo Parental es la persona, la pareja o personas que ejercen funciones parentales, tales como: vinculación, protección, promoción de la identidad, regulación emocional, autoridad y promoción de la autonomía. Que son las funciones que aseguran la crianza saludable de los menores de edad”, explica.

Para ella, lo que buscan es “desmarcarnos de las figuras maternas y paternas, porque una tía que se hizo cargo de sus sobrinos, siendo estos dejados por su madre o padre en otro hogar, quien además no desea impugnar la filiación, tiene derecho a estar en sus certificados de nacimiento”.

En la misma línea, la cofundadora de Familia es Familia, Claudia Amigo, considera que reconocer legalmente al equipo parental y sus funciones es velar por el “interés superior de la niña, niñe, niño y adolescente y resolvería la discriminación arbitraria que el Estado chileno ha ejercido deliberadamente en contra de hijas, hijes e hijos de madres o padres del mismo género o trans. Actualmente tenemos una carta magna que no define la familia, pero que, en el código civil, de manera incongruente, sí se restringe su definición y se reservan los derechos como privilegios para las personas menores de edad provenientes de un solo tipo de familia, la compuesta por una madre y un padre”, connota.

Para ella, en una verdadera democracia, construida genuinamente por todas y todos, se debe “promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de filiación de toda persona menor de edad bajo el principio de la verdadera igualdad de derechos y la no discriminación, y llevar esos derechos y deberes a la práctica en el código civil donde se debe cumplir con la carta magna paritaria que será en parte, una manera de dignificar las vidas de tantas hijas, hijes e hijos que hoy en día no tienen la misma dignidad que los hijos de la familia heterosexual”, finaliza.

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