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Ley Gabriela: Fiscalía de Rancagua llevará a juicio oral primera investigación por “femicidio no íntimo” BRAGA Créditos: Paul Plaza/Aton Chile

Ley Gabriela: Fiscalía de Rancagua llevará a juicio oral primera investigación por “femicidio no íntimo”

La figura de «femicidio no íntimo» tipifica el asesinato cometido por hombres hacia mujeres con quienes la víctima no tenía relaciones familiares, matrimoniales, convivencia en el mismo domicilio o acuerdo de unión civil, por lo que en el contexto de una relación de pololeo si se puede investigar como femicidio.


El día 5 de julio, en la localidad de Doñihue, Soledad Valenzuela (29) madre de tres hijos, fue golpeada, asesinada y luego su casa fue quemada para ocultar el crimen. El autor habría sido un hombre con quien no tenía una relación íntima.

El crimen contra Soledad hubiera sido investigado por otra figura penal, como homicidio, de no haberse aprobado la Ley Gabriela este año. Este cuerpo legal instauró la figura del «femicidio no íntimo», que tipifica el asesinato cometido por hombres hacia mujeres con quienes la víctima no tenía relaciones familiares, matrimoniales, convivencia en el mismo domicilio o acuerdo de unión civil, por lo que en el contexto de una relación de pololeo si se puede investigar como femicidio.

El fiscal a cargo del caso, Jorge Mena, advirtió que “no hay una relación previa entre la víctima y el imputado, sino que está relacionado por un tema netamente de violencia de género, del odio que puede expresar el hombre hacia la mujer”, señaló el persecutor a El Rancaguino.

Antes de la reforma a la ley, solo era femicidio cuando la víctima había sido la cónyuge o la conviviente del autor. Ahora, el dar muerte a una mujer por el hecho de ser mujer, puede ser sancionado con una pena que parte en los 15 años y 1 día en su grado máximo y puede llegar a presidio perpetuo.

La fiscalía señaló que la investigación debiera concluir en diciembre y el próximo año sería el juicio oral. Esta última instancia será la que decida la resolución de este caso por femicidio no íntimo.

  • [*] Este artículo describe o contiene elementos de un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos o hechos sean desestimados al finalizar la investigación o el proceso, por lo cual NO se debe considerar al o los mencionados como imputados como culpables, o los hechos como fehacientes sino plausibles, hasta que la Justicia respectiva dicte sentencia.

 

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