Publicidad
«La negativa fue caprichosa, arbitraria e ilegal»: Corte de Apelaciones ordena evaluar interrupción de embarazo rechazada por Cesfam ante falla de anticonceptivos BRAGA

«La negativa fue caprichosa, arbitraria e ilegal»: Corte de Apelaciones ordena evaluar interrupción de embarazo rechazada por Cesfam ante falla de anticonceptivos

Una de las 170 mujeres afectadas por la falla en las pastillas Anulette CD, interpuso un recurso de protección para pedir la interrupción de su embarazado no deseado. El anticonceptivo se le fue entregado en un recinto de salud pública, quienes nunca le informaron de la falla. Desde la Corte, se señaló que el recinto de salud incurrió en una omisión que no sólo resulta caprichosa y arbitraria, sino que también ilegal.


Entre marzo y septiembre del año pasado, el Instituto de Salud Pública (ISP) notificó que ocho lotes de pastillas anticonceptivas, las cuales eran administradas por centro de salud públicos, tenían fallas. Ante esto, el ISP ordenó retirarlas del mercado.

Pese a este escenario, la institución permitió nuevamente la distribución de una de las marcas: Anulette CD. Según datos de la Corporación Miles, 170 mujeres quedaron embarazadas por culpa de estas pastillas.

En este marco, la Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso de protección presentado por una mujer, afectada por el uso de este anticonceptivo, en contra del Cesfam Alberto Allende Jones de Talagante. El fallo a favor de la denunciante fue unánime, señalando que existió un actuar arbitrario por parte del centro de salud.

La mujer hace años se controlaba en dicho recinto para evitar embarazo. Es en ese contexto que recibió el anticonceptivo Anulette CD. Fue así como en octubre del año pasado se dio cuenta que se encontraba embarazada. A pesar de conocer la falla en las pastillas, desde el cesfam nunca se le comunicó esto y, por tanto, ella nunca dejó de tomarlas.

Esta situación le ha significado a la mujer “un profundo desbalance en su salud psíquica, puesto que, a pesar de haber tomado todas las precauciones posibles, se vio enfrentada a una situación extrema para la cual no estaba preparada”. El estado de salud mental de la presenta un riesgo y empeora con el avance de la gestación, “aumentando las posibilidades de suicidio”. Es en este sentido que en diciembre solicitó al recinto de salud la interrupción del embarazo por la causal de riesgo de vida de la madre. La solicitud no fue respondida.

Ante esto, su abogado presentó el recurso de protección para que se interrumpa el embarazado en un corto plazo dado a la avanzada edad gestacional.

Frente a esta situación, la Corte determinó que el recinto de salud incurrió en una omisión que no sólo resulta caprichosa y arbitraria, sino que también ilegal, “desde que ha conculcado el derecho que el artículo 119 del Código Sanitario le confiere a toda mujer embarazada para solicitar la interrupción voluntaria del mismo, en la medida que se constate la concurrencia de los supuestos establecidos en la ley y que, precisamente, el Cesfam Alberto Allende Jones estaba obligado a evaluar”.

La Corte ordenó al recinto evaluar a la mujer en un plazo de cinco días.

Publicidad

Tendencias