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Un año desde la muerte de Francisca Moll: familiares conmemoran su partida exigiendo la tipificación y persecución legal del suicidio femicida BRAGA

Un año desde la muerte de Francisca Moll: familiares conmemoran su partida exigiendo la tipificación y persecución legal del suicidio femicida

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Generalmente en la inducción al suicidio, existe una intención, por parte de un tercero, de lograr que una persona se quite la vida, a diferencia del suicidio femicida, donde lo más probable es que el agresor no tenga como objetivo que la mujer muera, sino que busca continuar el control y posesión sobre ella. Moll se suicidó el 4 de abril de 2021, luego de sufrir por más de dos años violencia física, psicológica y sexual, además de chantajes económicos y amenazas a sus familiares y amigos. Había denunciado a su ex pareja en tres oportunidades, pero no se le otorgó la protección adecuada.


Esta semana, con la presencia de Emilia Ríos, alcaldesa de Ñuñoa, autoridades y representantes de organizaciones feministas, como la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres y la Coordinadora 19 de Diciembre, familiares y amigos de Francisca Moll conmemoraron el primer año desde su muerte.

Francisca Moll se suicidó el 4 de abril de 2021, luego de sufrir por más de dos años violencia física, psicológica y sexual, además de chantajes económicos y amenazas a sus familiares y amigos. Moll denunció a su ex pareja en tres oportunidades, no obteniendo protección adecuada.

El suicidio femicida es una de las diversas expresiones de violencia de género que existen, pero también una de las más invisibilizadas, en parte se debe a que no se encuentra tipificado como delito en el actual Código Penal del país.

Es por ello que, esta actividad conmemorativa se enmarca dentro de la lucha que Rosa Elena Moreno, madre de Francisca, se comprometió a llevar a cabo el día que su hija falleció.

“Su último deseo fue que luchara para que las mujeres estemos seguras. En eso estamos, alzando la voz para lograr la Ley Integral de Protección contra la Violencia de Género, una ley fuerte, que obligue al Estado a protegernos ante todo tipo de violencia, incluyendo la tipificación legal del suicidio femicida”.

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¿Suicidio femicida o inducción al suicidio?

Hace unos días, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, expresó la voluntad del gobierno para agilizar la Ley Integral de Protección contra la Violencia de Género, la cual ha dormido en el congreso desde el 2017. A pesar de esta noticia, existe cierta preocupación dentro de grupos feministas y familiares de víctimas; respecto de que se aborde legalmente como una inducción al suicidio, como está en el escrito original, sin dar una connotación de género.

Según explican desde la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres, el suicidio femicida se produce cuando una mujer acaba con su vida tras ser víctima de una violencia de género permanente, ejercida por los victimarios, e incluye como factor “la desidia de las instituciones cuando las mujeres solicitan ayuda”, puntualiza por parte de la Red, Lorena Astudillo.

Generalmente en la inducción al suicidio, existe una intención, por parte de un tercero, de lograr que una persona se quite la vida, a diferencia del suicidio femicida, donde lo más probable es que el agresor no tenga como objetivo que la mujer muera, sino que busca continuar el control y posesión sobre ella.

¿Qué es el suicidio femicida?

El concepto de suicidio femicida fue desarrollado por primera vez en 1996 por la activista feminista Diana Russell. Ella lo explicó como aquellos casos de mujeres que deciden poner fin a sus vidas, debido a distintas situaciones de abusos reiterados de los cuales son víctimas.

Actualmente, El Salvador es el único país latinoamericano que ha incorporado este tipo de violencia de género a su legislación, entendiéndolo como un efecto del abuso de poder basado en motivos de odio y/o menosprecio hacia las mujeres.

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